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El borrador del convenio de Amgevicesa: se vigilará el absentismo y polémica con el plus de supervisión

El Faro de Ceuta ha tenido acceso al borrador del convenio colectivo de Amgevicesa que establece en 88 artículos los derechos y obligaciones de los trabajadores

Por Paola Pérez Cuenda
19/11/2025 - 19:54
autobus-azul-amgevicesa-001
Imagen de archivo

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La expresión "dale Perico al torno" se utiliza para hablar de una cuestión en la que se está siendo muy insistente o sobre la que se está dando vueltas sin llegar a una conclusión. Algo parecido es lo que sucede con Amgevicesa y el convenio colectivo bajo el que se ampararán los derechos y obligaciones de los trabajadores de esta empresa municipal de Ceuta.

“Que no te engañen ni te manipulen”. Así de tajante era el portavoz de Ceuta Ya!, Mohamed Mustafa, este pasado martes, 18 de noviembre, tras una reunión del Consejo de Administración en la que participaron todos los grupos políticos.

Mustafa aludía a que si se aprobase el borrador del convenio colectivo se incurriría en una "ilegalidad". Unas declaraciones a las que ha respondido este miércoles Comisiones Obreras para desmentirlas. 

Estos son los puntos que recoge el borrador del convenio colectivo de Amgevicesa

El Faro de Ceuta ha tenido acceso al borrador del convenio colectivo de Amgevicesa y a sus 88 puntos, que entrarían en vigor desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2027, con opción a prórrogas.

Muchos asuntos se mantienen con respecto al anterior, el actual, por el que ahora mismo se siguen rigiendo los trabajadores, como son los relativos a las pausas durante la jornada de trabajo; la reducción de jornada en verano y Feria; las horas extra; vacaciones; jubilaciones; uniforme; pago de diferentes pluses; así como ayudas por natalidad, estudios o acceso a la propiedad de una vivienda.

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Combatir el absentismo laboral en Amgevicesa

Sin embargo, uno de los artículos que ha sido objeto de polémica es el 46 que habla del absentismo. Las partes firmantes de este borrador reconocen el “grave problema que supone el absentismo laboral, y muy especialmente el debido a las ausencias reiteradas”, valorando su impacto como un “incremento de los costes de personal y en consecuencia como causa directa de situaciones anormales en la actividad de la empresa, que afectan a la seguridad y estabilidad de los puestos de trabajo, al favorecer la falta de competitividad de la empresa”.

En este sentido, indica el documento, “la empresa establecerá en colaboración con la representación de los trabajadores los planes que se consideren más eficaces para tratar de reducir el porcentaje de absentismo de la plantilla”.

El convenio establece que “todo trabajador que se encuentre en situación de baja médica expedida por el médico de familia del Ingesa o especialista designado por éste, no podrá efectuar ningún trabajo ni público ni privado”.

Además, será “obligatorio desde el primer día de no asistencia por enfermedad justificar tal extremo, debiendo el trabajador presentar el correspondiente documento justificativo, realizado por un facultativo del Ingesa, preferentemente su médico de familia”.

Creación de una comisión para evitar el absentismo "abusivo" y control de ausencias

Para prevenir el absentismo "abusivo", “se creará una Comisión de Control del Absentismo, compuesta por representantes del Comité de Empresa y de la empresa, presidida por el gerente, que tendrá la función de supervisar el control de las ausencias en sus puestos de trabajo de los trabajadores que se hayan ausentado en dos o más ocasiones a lo largo del año, por causa de enfermedad común, accidente no laboral, consulta médica o realización de análisis o cualquier prueba médica”.

amgevicesa

Esta comisión “podrá decidir si se paga desde el primer día de ausencia el complemento salarial o no a dichos trabajadores, de acuerdo con los protocolos que previamente habrá fijado el citado órgano y que serán dados a conocer a la totalidad de los empleados de la plantilla antes de su entrada en vigor”.

Retribuciones durante la incapacidad temporal

Los trabajadores “que se encuentren de baja médica por incapacidad temporal derivada de enfermedad común o accidente no laboral, percibirán el 100% de sus retribuciones totales percibidas el mes anterior a la baja, excepto en los casos en que la Comisión de Absentismo así lo considere”.

Asimismo, en todas las situaciones de Incapacidad Laboral Transitoria que tenga una duración de tres meses o más, el a trabajador, "para poder mantener el cobro de la totalidad de los emolumentos deberá someterse voluntariamente a una revisión médica, debiéndose esperar al resultado de dicha evaluación y dependiendo del resultado del mismo para volver a seguir cobrando el 100% de sus emolumentos”.

En caso de que el trabajador “no se someta voluntariamente a dicha revisión, dejará de percibir el complemento del 100%”.

Accidentes laborales y seguros privados

En caso de accidente laboral, “los trabajadores/as percibirán el 100% de sus retribuciones totales durante el tiempo necesario para su total recuperación”.

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Respecto a operaciones quirúrgicas y revisiones médicas derivadas de las mismas, cuando “el tiempo de espera en la Seguridad Social sea muy largo o para aquellos servicios o especialidades que no se presten en Ceuta, el trabajador comunicará hacer uso de cualquier seguro médico privado por él suscrito y por el que reciba atención fuera de nuestra ciudad”.

Plus de supervisión de trabajadores de Amgevicesa

Otras de las novedades que introduce el borrador es la ampliación a un grupo más del "plus de supervisión" ya desde que 2021 que se firmó el anterior convenio la plantilla ha aumentado considerablemente.

De esta manera, se pretende "compensar mensualmente al trabajador por la supervisión y la coordinación de un grupo de empleados que están a su cargo". Este empezaría a percibirse con carácter retroactivo desde enero de 2025.

Las cuantías a pagar dependerán del número de trabajadores que deba supervisar:

  • De 2 a 10 trabajadores: 75 euros.
  • De 11 a 20 empleados: 100 euros.
  • De 21 a 50 trabajadores: 150 euros.
  • De 51 a 100: 200 euros.
  • De 101 a 200: 250 euros.
  • De 201 a 300: 350 euros.
  • Más de 301 trabajadores: 450 euros.

Tags: AmgevicesaCCOOCeuta Ya!Empleo y trabajoSindicatos

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Comments 1

  1. Trinki comentó:
    hace 5 meses

    Para revisión hay una delegación en los rosales que cierra a las 11

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