Entró a nado en plena crisis de mayo de 2021. Un día 17, dejando atrás una familia desestructurada que había perdido cualquier ingreso con motivo del cierre de la frontera entre Ceuta y Marruecos.
Su intento por lograr el asilo o la permanencia en España por razones humanitarias ha sido tumbado por la Audiencia Nacional, a través de la Sala de lo Contencioso-Administrativo.
En la resolución dictada, a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro de Ceuta, se indica que no consta una “especial vulnerabilidad” del demandante para otorgarle la residencia en España por razones humanitarias.
De igual manera se señala que no está ante una situación de conflicto internacional o interno en Marruecos que permita aplicar esa protección.
El cruce por el espigón en mayo de 2021
El recurrente fue uno de los miles de marroquíes que cruzó el espigón en mayo de 2021, formulando petición de protección internacional en el mes de octubre argumentando motivos económicos. Su objetivo era cruzar a la Península para trabajar y mantener a su familia que carecía de sustento ya que dependían del trasiego de la frontera.
En su exposición dijo no tener problemas de deudas ni causas pendientes en Marruecos, además de no sufrir presiones por razón de sexo, raza o religión.
La Audiencia Nacional desestima su petición de asilo, justificando, como ya había resuelto Interior, que no se han expuesto razones que motivaran que dejó Marruecos por algún tipo de persecución que requiriera de su protección.
No hay persecución
“No se aprecia que el interesado tenga un temor fundado a sufrir persecución a causa de sus ideas políticas, convicciones religiosas, pertenencia a grupo étnico o nacional concreto, por razones de pertenencia a grupo social determinado o por motivos de identidad u orientación sexual”.
Tampoco se entendió procedente una protección subsidiaria. Las alegaciones presentadas no tienen cabida en las causas que dan lugar al reconocimiento del derecho de asilo, por lo que “no podemos disentir de los resuelto por la Administración para descartar el otorgamiento de la protección internacional solicitada”.
“En el caso de Marruecos”, argumenta, “no estamos ante una situación de conflicto internacional o interno que permita aplicar la protección subsidiaria”.
No cabe la existencia de “riesgo real” de sufrir “graves daños” que daría pie a dispensar una protección, amén de que tampoco existe una especial vulnerabilidad del demandante para residir en el país por razones humanitarias.
Bueno por uno que dice la verdad ,se le otorga el asilo
Es la decisión correcta de lo contrario la inmigración se escaparía de las manos y serían miles o más,se piensan que qui todos somos ricos ,solo les interesa vivienda gratis sea por patada en la puerta u otra y paguita con el todo incluido; hay gente aquí con necesidades y les niegan ayudas.
Si todas esas energías para ir ingresar en España se aplicaran en protestar y reclamar un reparto de los recursos equitativamente y en la promoción del empleo, la gran mayoría de marroquíes no tendría porque intentar migrar.
Pero ante una población coartada, e incapaz de protestar porque se rechaza toda crítica, ya que se escudan en proteger al comendador de los creyentes ( que prácticamente lo hacen pasar como fuese una critica a Dios) solo queda el inmovilismo, aplaudir las compras de armamento a Israel y la construcción de estadios para el mundial del 2030.
El rey, la corte, y las 100 o 200 familias que mandan seguirán tan plácidamente mientras la gente se muere intentando llegar a Ceuta o Andalucía.