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Un condenado por violencia de género intenta llamar a su ex desde prisión

El acusado ha reconocido los hechos y aceptado la pena de 3 meses más de prisión por no respetar la orden de alejamiento y comunicación

Por Diego Naranjo
24/07/2025 - 15:25
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Imagen de archivo

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El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha dictado sentencia condenatoria contra J.J.B.T. por un delito de quebrantamiento.

El acusado ha reconocido los hechos y aceptado una pena de 3 meses de prisión que deberá cumplir íntegramente, debido a que cuenta con antecedentes penales.

El Juzgado impuso, mediante Auto del 20 de agosto de 2024, una prohibición para que el acusado se aproximara a menos de 100 metros de la víctima, de su domicilio, lugar de trabajo o cualquier lugar frecuentado por ella. Además, se le prohibió comunicarse con la víctima por cualquier medio, mientras durara el procedimiento judicial.

Incumplimiento desde prisión: el acusado desafía la orden judicial

El caso se complicó cuando, el 17 de octubre de 2024, el acusado se encontraba ya ingresado en el Centro Penitenciario de Ceuta, tras entrar en prisión provisional el 14 de octubre por un delito de quebrantamiento en relación la denunciante. Este delito había sido cometido de manera continuada desde agosto hasta octubre de ese año.

Con total desprecio por la justicia y la orden vigente, el acusado intentó contactar con la víctima desde prisión. Solicitó la autorización para usar el teléfono penitenciario para llamarla. Sin embargo, la Oficina de Seguridad del centro denegó la petición tras comprobar que el número correspondía a la víctima y que existía una prohibición expresa de comunicación.

Este intento de contacto revela la clara intención del acusado de incumplir la prohibición impuesta y pone en evidencia un patrón de conductas que no respetan las resoluciones judiciales, poniendo en riesgo la integridad de la víctima.

Antecedentes y repetición de conductas delictivas

No es la primera vez que el acusado es condenado por delitos de quebrantamiento respecto a la denunciante. En 2020, fue condenado en dos sentencias firmes del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta, que establecieron penas de prisión para él. Estas penas quedaron extinguidas en 2021, pero el comportamiento del acusado no cambió.

Actualmente, el acusado cumple prisión por una sentencia no firme de noviembre de 2024, derivada de nuevas diligencias urgentes incoadas por el juzgado local. Estas demuestran la continuidad en su actitud de quebrantar las órdenes judiciales y vulnerar los derechos de la víctima.

La reiteración de estos hechos pone de manifiesto la importancia de aplicar medidas firmes para proteger a las víctimas de violencia o acoso, así como la necesidad de reforzar los mecanismos para garantizar el cumplimiento efectivo de las prohibiciones judiciales.

La justicia y la protección a la víctima

El caso refleja un problema recurrente en los procesos de violencia y acoso: la dificultad de garantizar el cumplimiento efectivo de las medidas cautelares cuando el agresor muestra una actitud persistente de desafío a la ley. La orden de alejamiento y prohibición de comunicación debe ser respetada estrictamente para garantizar la seguridad de las víctimas.

Las autoridades penitenciarias actuaron correctamente al impedir que el acusado utilizara el teléfono para intentar comunicarse con Sandra, respetando así la resolución judicial vigente. Este tipo de controles son fundamentales para impedir nuevas situaciones de acoso desde el interior de los centros penitenciarios.

Por su parte, el sistema judicial continúa su labor para que casos como este sean sancionados con penas adecuadas, en este caso una condena de prisión firme que no admite beneficios debido a los antecedentes del condenado.

Una llamada a reforzar la prevención y la sanción

Este juicio pone en evidencia que las medidas legales existentes no siempre son suficientes para impedir el acoso y la vulneración de los derechos de las víctimas, especialmente cuando el agresor tiene un historial de incumplimientos y quebrantamientos.

Es necesario que las autoridades competentes revisen y fortalezcan las políticas de protección, incorporando mecanismos de control más rigurosos y apoyos efectivos para las personas afectadas. Además, la sociedad debe ser consciente de la importancia de respetar las órdenes judiciales y denunciar cualquier incumplimiento para evitar daños mayores.

En suma, la condena a J.J.B.T. sirve como recordatorio de que la justicia está vigilante, pero también debe trabajar de manera coordinada con otras instituciones para proteger realmente a quienes sufren este tipo de delitos.

Tags: JuzgadosPrisiónViolencia de género

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