La Justicia ha acordado la expulsión de un ciudadano marroquí de 27 años tras condenarle a dos años de prisión por un delito de lesiones cometido el pasado viernes en la barriada del Príncipe, en Ceuta.
Los hechos ocurrieron alrededor de la 01:00 horas, en las inmediaciones de la calle Agrupación Este, cuando el acusado se vio involucrado en un forcejeo con una mujer.
Durante el enfrentamiento, el ahora condenado sacó un objeto indeterminado y trató de alcanzarla en varias ocasiones con intención de menoscabar su integridad física.
Finalmente, el hombre consiguió herir a la mujer en la zona de la oreja izquierda y la región mastoidea.
La víctima sufrió una herida de unos cuatro centímetros en la región mastoidea, además de una herida avulsiva del hélix de la oreja izquierda, según consta en los hechos del procedimiento.
Heridas que requirieron tratamiento médico
Las lesiones sufridas por la víctima precisaron tratamiento médico-quirúrgico para su curación, que incluyó la sutura de la herida, curas, tratamiento antibiótico y la administración de analgésicos a demanda.
El informe médico establece que las lesiones requirieron 21 días para su curación o estabilización, todos ellos considerados de perjuicio personal básico.
Por estos hechos, la autoridad judicial impuso al acusado una pena de dos años de prisión. No obstante, la pena privativa de libertad fue sustituida por la expulsión del territorio nacional, con una prohibición de regreso a España durante cinco años.
Llegó a Ceuta de forma irregular
El condenado es, además, uno de los inmigrantes que accedieron irregularmente a Ceuta a finales de julio, según la información facilitada sobre el procedimiento.
De este modo, tras la condena por el delito de lesiones, el hombre deberá abandonar el territorio nacional y regresar a Marruecos, en cumplimiento de la resolución judicial.
La medida supone que la pena de prisión queda sustituida por la expulsión, por lo que el condenado no cumplirá en España los dos años de cárcel impuestos, quedando sujeto a la prohibición de entrada durante cinco años.






