• Contacto
  • Horarios de Barcos by Kikoto
  • Vuelos
  • Sorteo Cruz Roja
  • COPE Ceuta
  • Portal del suscriptor
viernes 8 de mayo de 2026   
El Faro de Ceuta
  • Sociedad
  • Sucesos
  • Frontera
  • Justicia
  • Política
  • Cultura
  • Educación
  • Deportes
  • Marruecos
  • Opinión
No Result
View All Result
  • Sociedad
  • Sucesos
  • Frontera
  • Justicia
  • Política
  • Cultura
  • Educación
  • Deportes
  • Marruecos
  • Opinión
No Result
View All Result
El Faro de Ceuta
No Result
View All Result

Sobre la transmisión de concesiones administrativas exenta de impuestos

Importante resolución del Tribunal Económico Administrativo Local de Ceuta contraria al criterio de la Agencia Tributaria de considerar que estas operaciones están gravadas

Por El Faro de Ceuta
21/07/2024 - 08:41
panoramica-ceuta-puerto
Imagen de archivo

Compartir en WhatsappCompartir en Facebook

Frente al criterio de la Agencia Tributaria de considerar que estas operaciones habituales en Ceuta -sobre todo en el ámbito portuario- están gravadas por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales al 3%, el Tribunal Económico Administrativo Local de Ceuta, en su reciente Resolución de 24 de junio de 2024, las considera exentas.

El razonamiento jurídico de dicha exención está en la Ley 22 de diciembre de 1955 de bases sobre el régimen económico y financiero de Ceuta y Melilla.

En el caso que ha motivado esta conclusión cuyo contenido es importante conocer, el recurrente consideraba que, por cuanto se refiere a estas operaciones comerciales, la Ley del 55 está vigente y así lo reconoce el Tribunal.

A pesar del transcurso de casi setenta años desde la promulgación de la Ley, resultan de actualidad alguno de los párrafos de sus Exposición de Motivos.

Las claves

“La naturaleza ha dotado a Ceuta y Melilla de excepcionales condiciones, y su valoración en todos los órdenes ha de ser obra de España siguiendo la ley natural que la Geografía y la Historia nos señalan, para que las generaciones venideras puedan desarrollar su actuación sobre las bases firmes de un régimen adecuado a estos territorios, de plena e inalienable soberanía española”.

“En el sector de la economía pública, las bases sexta, séptima, octava y novena, establecen las normas aplicables del sistema impositivo consistentes en confirmar y ampliar las desgravaciones requeridas por las especiales características de estos territorios, para que, dentro de sus justos límites con plena efectividad, hagan posible la creación de riqueza”.

Pues bien, el Tribunal Económico, en la Resolución que comentamos, repasa los aspectos más destacables de la singularidad del régimen especial en relación a los impuestos generales de nuestro sistema tributario.

Sin duda, resoluciones como la comentada y otras anteriores del propio Tribunal Económico Administrativo, así como sentencias de los Tribunales Superiores de Justicia y del Tribunal Supremo, vienen a enriquecer y completar nuestro singular régimen fiscal, con criterios interpretativos rigurosos desde el punto de vista jurídico, pero no instructivos, inspirándose en la intencionalidad del legislador y en el espíritu de la Ley.

Tags: ImpuestosMelillaMinisterio de JusticiaPuertoRenta

Related Posts

manuel-olmedo-secretario-estado-justicia-transformacion-decadas

Manuel Olmedo sitúa la transformación de la Justicia como "la mayor de las últimas décadas"

hace 1 hora
carta-miedo-agencia-tributaria-claves-avisos

¿Qué es la "carta de miedo" de la Agencia Tributaria? Claves para entender estos avisos

hace 18 horas
justicia-ruido-mediatico-apertura-xv-jornadas-juridicas

La Justicia frente al ruido mediático en la apertura de las XV Jornadas Jurídicas

hace 24 horas
cristina-diaz-pp-senado

El PP exige en el Senado soluciones para la Justicia en Ceuta

hace 1 día
carnota-primera-escala-ceuta-buque-clave-armada

El 'Carnota' realizará su primera escala en Ceuta como buque clave de la Armada

hace 2 días
academia-ecos-cumple-30-anos-asi-nacio-centro-mas-conocido-ceuta-5

Academia Ecos cumple 30 años: así nació uno de los centros más conocidos de Ceuta

hace 2 días

Comments 1

  1. Luis comentó:
    hace 2 años

    Pero las concesiones administrativas se pueden vender ?
    Como vas a vender algo que no es tuyo ?
    Si yo estoy en un sitio de alquiler, como lo voy a vender, si no es mío ?
    Igual en Ceuta, como es "diferente", si se puede hacer.
    Igual hasta lo pone, pero en los contratos de las concesiones administrativas debería haber una clausula que si no hay actividad real en ellas, las debes devolver. Las concesiones deben ser para crear no para especular.

  • Grupo Faro
  • Publicidad
  • Contacto
  • Aviso legal – Protección de datos
  • Política de cookies
  • Política de privacidad
  • Política editorial
  • Términos de uso

Grupo Faro © 2023

No Result
View All Result
  • Sociedad
  • Sucesos
  • Frontera
  • Justicia
  • Política
  • Cultura
  • Educación
  • Deportes
  • Marruecos
  • Opinión
  • Horarios de barcos by Kikoto

Grupo Faro © 2023

No Result
View All Result
  • Sociedad
  • Sucesos
  • Frontera
  • Justicia
  • Política
  • Cultura
  • Educación
  • Deportes
  • Marruecos
  • Opinión
  • Horarios de barcos by Kikoto

Grupo Faro © 2023