La sección sindical de CCOO en Servilimpce ha presentado en Ceuta denuncia ante la Inspección de Trabajo por el incumplimiento de lo recogido en el convenio colectivo en materia de ayudas médicas y bucodentales.
La denuncia se ha presentado de manera telemática, una más de las que se han girado por anomalías en el funcionamiento y operatividad de la empresa municipal de la vivienda.
En concreto, CCOO apunta al incumplimiento del artículo 34 del Convenio Colectivo en materia de ayudas médicas y bucodentales, que es el que regula las atenciones sanitarias y sociales a las que tienen derecho los trabajadores de Servilimpce.
Tal y como se recoge en dicha denuncia, la empresa viene denegando o paralizando el abono de determinadas ayudas bucodentales, exigiendo a los trabajadores la presentación de un informe médico como requisito imprescindible para su concesión.
La plataforma de gestión de ayudas y el problema que advierte el sindicato
Sin embargo, apunta CCOO, dicha exigencia no aparece recogida en el artículo 34 del Convenio Colectivo ni forma parte de los requisitos obligatorios establecidos por la propia plataforma de gestión de ayudas de Servilimpce.
En esa plataforma, los documentos exigidos para la tramitación de estas ayudas son los siguientes: acreditación de la identidad del interesado, solicitud de ayudas sociales de empleados públicos, factura correspondiente, informe médico (opcional) y otros documentos.
“Por tanto, la propia documentación establecida por la empresa considera el informe médico como un documento opcional y no obligatorio”, recoge la sección sindical.
Perjuicio económico para los trabajadores y una empresa en el punto de mira
Para CCOO, la actuación de Servilimpce supone la imposición de requisitos no contemplados en el convenio colectivo ni en el procedimiento establecido para la tramitación de estas ayudas, lo que viene a causar “un perjuicio económico a los trabajadores afectados al retrasar o impedir el cobro de unas prestaciones sociales reconocidas convencionalmente”.
La sección sindical solicita que por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se investiguen los hechos denunciados y, en su caso, se requiera a Servilimpce para que “cese en la exigencia de requisitos no previstos en el convenio colectivo ni en la normativa interna aplicable, procediendo al abono de las ayudas bucodentales que correspondan a los trabajadores que hayan presentado la documentación exigida”.
Otra queja por las ayudas, en este caso por familiares con discapacidad
Esta queja, presentada oficialmente ante la Inspección, no es la única, ya que desde la sección sindical se denunciaba esta misma semana otra traba respecto al abono de retrasos correspondientes a la ayuda recogida en el artículo 31 del convenio, sobre trabajadores con familiares que presenten discapacidad, cifrada en 125 euros mensuales.
"La propia empresa ya viene abonando mensualmente la cantidad establecida en dicho artículo, concretamente 125 euros mensuales para trabajadores y trabajadoras con familiares con discapacidad física o psíquica acreditada oficialmente. Por tanto, si la empresa está reconociendo actualmente este derecho y realizando el pago mensual, resulta evidente que la documentación presentada por los trabajadores es correcta y cumple con los requisitos exigidos", explicó el sindicato.
Convenio hasta el 31 de diciembre de 2028
CCOO denunció que no se habían abonado esos retrasos con carácter retroactivo, provocando situaciones extremas en el colectivo.
La empresa Servilimpce, con nuevo gerente, se enfrenta a un azote sindical constante, puntualizándose en muchos casos que no se cumple lo recogido en el convenio que fue publicado el pasado marzo.
El convenio actual tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2028, después de cuantiosas negociaciones entre las distintas partes con representación. Entre las ayudas médicas completas, se recoge que se cubre el 100% del coste de gafas, audífonos y tratamientos bucodentales, con límites económicos elevados.






