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La indiferencia ante la justicia: 3 veces condenado por conducir sin carné

Nueva sentencia condenatoria para un ceutí por manejar una moto de su propiedad sin permiso, ya que nunca lo obtuvo | Lo sorprendieron tras una persecución policial por Parques de Ceuta

Por Carmen Echarri
29/03/2026 - 08:01
indiferencia-justicia-tres-veces-condenado-conducir-sin-carne
Imagen de archivo

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Tiene condenas firmes a sus espaldas por conducir sin carné. Dos en periodo de cumplimiento, pero su desprecio a la justicia es tan evidente que ha vuelto a ser sentenciado por las mismas prácticas. Ha sucedido en Ceuta y la magistrada titular de la plaza número 1 de la Sección Penal del Tribunal de Instancia es quien ha firmado la resolución condenatoria.

En sentencia, a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro, deja constancia de la “reiteración en breve espacio de tiempo” de este delito, por lo que “demuestra la total indiferencia en lo referente a la seguridad vial, siendo nulo el efecto de prevención especial pretendido con las anteriores condenas”.

Por ello, ha condenado al llamado F.J.H.C. por delito contra la seguridad vial, en su modalidad de conducción sin carné, con la agravante de reincidencia, a la pena de 6 meses de prisión que deberá cumplir.

Le absuelve, en cambio, de un delito contra la seguridad vial en su modalidad de conducción temeraria del que también se le acusaba.

La persecución policial por Parques de Ceuta

Todo ello por unos hechos ocurridos en la noche del 11 de septiembre de 2025, cuando el ahora condenado conducía una moto por las inmediaciones del centro comercial de Parques de Ceuta, a sabiendas de que carecía del permiso para conducirla porque no lo había obtenido nunca.

Ya había sido condenado por dos sentencias firmes por conducir sin carné, las dos de cumplimiento.

El juicio que ha derivado en esta condena se celebró el pasado 9 de marzo, exponiéndose dos versiones enfrentadas tras una persecución policial.

El ahora condenado negó que fuera él quien conducía la moto, señalando a un menor como el verdadero piloto. Pero ahí topó con la Policía Local, cuyos agentes no tuvieron ninguna duda en su identificación. De hecho, lo conocían de otras intervenciones.

¿En qué se basa la condena y cómo se llega hasta ella?

El relato de hechos probados se ha construido partiendo de la libre valoración de la prueba practicada, consistente esencialmente en la testifical de un policía local que ratificó el atestado y aseveró que quien conducía la moto era el acusado.

Este, a pesar de que reconoció que la moto era suya y que no tenía carné, se exculpó acusando a su amigo, menor y residente en Punta Blanca, quien se habría hecho con el vehículo a dos ruedas.

Su versión, que pretendió ser arropada con la del menor, no se sostenía. Además, ambos no son parecidos físicamente, por lo que resultaba imposible que el agente que declaró pudiera confundirlos.

El policía no tuvo dudas en recalcar que el acusado conducía la moto. La condena es solo por ese delito, la conducción sin carné, ya que de las declaraciones del acusado y agentes solo se desprende que incurrió en una conducción irregular, con diversas infracciones administrativas sin más, por lo que ha sido absuelto de la conducción temeraria.

La pena de prisión, la máxima

La pena de prisión, eso sí, se aplica en su extensión máxima por cuanto es la tercera vez que se le condena por delito contra la seguridad vial en su modalidad de conducir sin permiso.

Además, tiene lugar a modo de reiteración en breve espacio de tiempo, por lo que demuestra la total indiferencia en lo referente a la seguridad vial.

La magistrada ha remitido además la sentencia al tribunal de menores por si el menor que declaró para exculpar al acusado pudiera haber ofrecido una declaración que sea constitutiva de delito de falso testimonio.

Ha prevalecido la petición de condena sostenida por el Ministerio Fiscal frente a las tesis de la defensa.

Tags: JuzgadosMotocicletasVehículos

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