El mercado del apartamento vacacional en Ceuta es un terreno donde la normativa y la realidad a veces chocan frontalmente... incluso con denuncia a la Policía Local.
El último ejemplo de esta tensión administrativa se ha vivido en Ceuta, donde un expediente que comenzó con una denuncia policial en agosto de 2024 ha terminado, casi dos años después, guardado en un cajón.
La Ciudad Autónoma ha decidido archivar las actuaciones previas contra los responsables de un alojamiento situado en Villajovita, al considerar que las pruebas aportadas no tienen el peso suficiente para sostener una multa.
El caso se remonta al 6 de agosto de 2024. Aquel día, la Policía Local de Ceuta emitió un informe bajo el epígrafe 'Cliente denuncia apartamento vacacional'.
El número de registro público en Booking
Según los hechos recogidos en el documento, una clienta que había realizado una reserva a través de la plataforma Booking puso en conocimiento de los agentes una presunta irregularidad: el alojamiento no mostraba su número de registro turístico en la oferta pública, un requisito obligatorio para operar legalmente en este sector.
Tras el aviso policial, la maquinaria administrativa de la Consejería de Comercio, Turismo, Empleo y Deporte se puso en marcha. Sin embargo, lo que parecía un procedimiento sancionador de manual se fue diluyendo conforme se analizaba el expediente.
El pasado 10 de marzo de 2026, el consejero Nicola Cecchi Bisoni firmó el decreto que pone fin, al menos de momento, a la disputa en torno a este apartamento vacacional.
Presunción de inocencia en el caso del apartamento vacacional
La clave del archivo en torno a este apartamento vacacional reside en un principio fundamental del derecho: la presunción de inocencia y la seguridad jurídica. Según consta en las fuentes, la documentación disponible "no permite, por sí sola, concretar con la precisión exigible los hechos".
En otras palabras, aunque había una denuncia y un número de reserva de Booking sobre la mesa, la Administración consideró que no se podía identificar a los responsables ni tipificar la falta con las garantías necesarias para imponer una sanción.
Desde el punto de vista técnico, la Ciudad Autónoma explica que la potestad para multar no puede ejercerse de forma arbitraria. El ejercicio de esta facultad está sometido a los principios de legalidad y responsabilidad, lo que exige que los hechos estén plenamente acreditados antes de iniciar formalmente un 'castigo' administrativo. Al no concurrir elementos de juicio suficientes, la administración ha optado por la prudencia legal: el archivo.
¿Caso cerrado?
Este desenlace no significa necesariamente que el apartamento vacacional cumpla con todas las reglas, sino que la investigación preliminar no ha sido capaz de demostrar lo contrario con el rigor que exige la ley. De hecho, la propia resolución deja una puerta abierta: si en el futuro se aportan nuevos elementos de prueba o se realizan inspecciones que arrojen datos más concretos, la Ciudad podría valorar de nuevo si abre un expediente de oficio.
Por ahora, los presuntos responsables han sido notificados a través del BOE, un recurso utilizado cuando no se ha podido contactar con los interesados por las vías habituales.
La denunciante también ha recibido la notificación de este archivo, teniendo ahora la posibilidad de interponer recursos si no está de acuerdo con la decisión.
Este caso sirve de recordatorio tanto para propietarios como para usuarios: en el complejo mundo del turismo digital, una captura de pantalla o una queja ante la policía son solo el inicio de un camino administrativo donde la precisión de las pruebas es la única garantía de éxito.






