La consejera de Educación, Cultura y Juventud, Pilar Orozco, ha publicado en la edición del Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE) de este viernes 4 de julio, el decreto por el que se conceden ayudas para formación en el Instituto de Idiomas de la Ciudad Autónoma de Ceuta, durante el curso 2024-2025.
Los interesados pueden PINCHAR AQUÍ para tener acceso al contenido del documento con los listados.
Hay que recordar que fue el pasado 1 de abril cuando se publicó en el BOCCE el extracto del acuerdo del consejo de Gobierno de fecha 6 de marzo de 2025, por el que se aprobaba la convocatoria de ayudas para estudios en el Instituto de Idiomas de la Ciudad Autónoma de Ceuta, para el curso 2024/2025, en régimen de concurrencia competitiva.
Mientras que este viernes 4 de julio se publica el decreto que refleja la resolución por la que se concedan a los interesados cantidades establecidas en concepto de ayuda para formación en el Instituto de Idiomas de la ciudad.
¿Cuáles eran los requisitos?
Los solicitantes tenían que residir en Ceuta, estar matriculados en el Instituto de Idiomas, ser españoles o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea y no disfrutar de ninguna obra beca o ayuda para la misma finalidad procedente de cualquier Administración o ente público o privado nacional o internacional.
De esta manera, podrían ser beneficiarias las personas físicas con plena capacidad de obrar que cumplan los requisitos y demás circunstancias fijadas en las bases reguladoras y en la convocatoria:
- Ser español o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea, siendo preciso en este último caso que el propio estudiante o sus sustentadores se encuentren trabajando en España.
- Estar matriculado en alguna de las enseñanzas que se enumeran en el apartado Primero anterior.
- Residir en Ceuta.
- No disfrutar de ninguna obra beca o ayuda para la misma finalidad, procedente de cualquier Administración o ente público o privado nacional o internacional.
- Cumplir los requisitos académicos y los umbrales económicos fijados.
Los tipos de ayuda
Se establecían dos tipos de cuantías en función de la renta anual y de los miembros computables de la familia del solicitante, según los dos umbrales de ingresos máximos fijados, que se elevan a 8.400 euros en el caso de las unidades de un miembro, a 12.600 en en el dos, a 16.800 en el de tres, a 21.000 en el de cuatro, a 25.200 en el de cinco, 29.400 en el de seis, 33.600 si fueran siete miembros y 37.800 en el caso de familias de ocho miembros.
A partir del octavo miembro se añadirían 4.200,00 euros por cada nuevo miembro computable de la familia.
Por otro lado, los que hubieran obtenido rentas superiores pero inferiores a 21.000, 25.200, 29.400, 33.600, 37.800, 42.000, 46.200 y 50.400, respectivamente, recibirán una ayuda equivalente al 50 por ciento de los gastos de cuotas y matriculación.
El importe total por el que se efectuaba la convocatoria ascendía a la cantidad de 90.000 euros, con cargo a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Ciudad de Ceuta 2025, "a condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente".