La titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Ceuta ha dictado sentencia absolutoria en favor de un preso que fue acusado de proferir amenazas graves contra un funcionario de prisiones en el ejercicio de su labor en el centro penitenciario de Mendizábal.
La resolución se fundamenta en la ausencia de pruebas concluyentes que acrediten, más allá de toda duda razonable, la comisión del delito imputado.
Durante la vista oral, se practicaron las testificales tanto del acusado como del funcionario denunciante.
A la luz de dichas declaraciones, el Ministerio Fiscal valoró que no existían elementos probatorios suficientes para sostener la acusación, y optó por solicitar la libre absolución del encausado.
La denuncia que no ha sido creída
Según consta en la denuncia, el funcionario relató que fue objeto de amenazas directas por parte del preso, quien, presuntamente, habría proferido expresiones intimidatorias de carácter grave dirigidas contra su integridad física.
Además, afirmó que el incidente se produjo mientras el interno golpeaba violentamente en la puerta de su despacho y lo instaba de manera reiterada a salir para enfrentarse físicamente con él.
No obstante, el acusado negó categóricamente haber emitido amenazas o haber mantenido cualquier tipo de conducta hostil hacia el trabajador penitenciario.
La causa no contó con pruebas adicionales, ni directas ni indiciarias, que pudieran sustentar la veracidad de los hechos denunciados.
La ausencia de medios de prueba objetivos, como grabaciones, testimonios de terceros o partes médicos, impidió corroborar la versión ofrecida por el funcionario denunciante.
Malestar en la sentencia condenatoria
La sentencia absolutoria ha generado un notable malestar entre el colectivo de funcionarios de prisiones, especialmente entre los miembros del sindicato Tu abandono me puede matar (TAMPM).
Desde esta organización sindical han manifestado su profunda preocupación ante lo que consideran una muestra más de la indefensión que sufre el personal penitenciario frente a las agresiones verbales o físicas por parte de internos.
Consideran que este fallo judicial transmite un mensaje de impunidad y “deja sin escarmiento” conductas que, a su juicio, deberían ser sancionadas de forma ejemplar.
Asimismo, advierten de que decisiones judiciales como esta contribuyen a aumentar la sensación de inseguridad en los centros penitenciarios, afectando tanto al bienestar psicológico de los funcionarios como al adecuado desempeño de sus funciones dentro del régimen disciplinario y de custodia que exige el sistema penitenciario.

Manifestación
TAMPM ha mantenido reuniones con diversos representantes políticos, entre ellos Cuca Gamarra y Ana Vázquez, ambas del Partido Popular, con el objetivo de abordar la situación de los funcionarios de prisiones y explorar posibles soluciones a los problemas que enfrentan.
En abril de 2024, la organización convocó una manifestación en Madrid que finalizó frente al Congreso de los Diputados, con la participación de entre 3.500 y 5.000 funcionarios penitenciarios.
La protesta fue motivada por el asesinato de una trabajadora penitenciaria en Tarragona y tuvo como principales demandas el reconocimiento de la profesión como de riesgo, el refuerzo de las plantillas y la dimisión de los altos cargos responsables.
Agresiones a funcionarios en cárceles
A petición de este sindicato, el Ministerio del Interior hizo público el balance de agresiones registradas en los centros penitenciarios de toda España durante el año 2024, incluyendo el centro de Mendizábal en Ceuta.
Según los datos, se contabilizaron 7 agresiones con lesiones graves a funcionarios, mientras que las lesiones leves ascendieron a 255, una de ellas en el centro de Ceuta.
Además, se registraron 5 agresiones con lesiones de carácter moderado y 237 incidentes que no provocaron lesiones físicas a los trabajadores penitenciarios.
En esa estadística también se recogieron casos de agresiones contra la libertad sexual. Así, hubo 10 casos de agresión sexual a profesional penitenciario, 44 de acoso sexual a profesional penitenciario y 53 de exhibicionismo a profesional penitenciario.






