La titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Ceuta ha acordado instar a la exvicepresidenta del Gobierno de la Ciudad, Mabel Deu, procesada por presunta prevaricación en la devolución a Marruecos en agosto de 2021 de 55 menores no acompañados al margen de lo previsto en la Ley de Extranjería, a que aporte “si lo tiene a bien” y “de la forma que estime conveniente” los listados de llamadas y los mensajes que se cruzó sobre la materialización de esa expulsión con representantes del Ejecutivo central.
En concreto la magistrada da a Deu para hacerlo un plazo de “diez días”. Los “listados de llamadas con su duración” y “los mensajes intercambiados a través de aplicaciones de telefonía móvil” que interesan a la Justicia son los que la exconsejera de Presidencia citó en su declaración como investigada del 7 de septiembre, cuando dijo haber tratado del asunto con personas que actuaban “por cuenta de la Vicepresidencia Primera del Gobierno de España y sus ministerios de Interior, Derechos Sociales y Agenda 2030 y Asuntos Exteriores”.
La Audiencia Provincial de Cádiz ordenó la semana pasada reabrir las diligencias que la instructora ya había cerrado para mandar a Deu y la exdelegada del Gobierno, Salvadora Mateos, a juicio oral por un presunto delito de prevaricación administrativa continuada en calidad de cooperadora necesaria y autora material, respectivamente.
Tras conocer esa resolución, una de las acusaciones populares personadas, la Red Española de Inmigración, solicitó que habida cuenta de la salida de Deu del Ejecutivo local procedía “prohibir el formateo o cualquier otra actuación técnica que borre, inutilice o deteriore el o los teléfonos móviles que han estado o estén” en posesión de la exvicepresidenta. También pidió que dichas terminales fueran depositadas en sede judicial “hasta la práctica de la diligencia acordada”.
La magistrada se ha limitado a ordenar su ejecución “en los estrictos términos en que fue ordenada por la Audiencia Provincial”, que consideró que no se puede imponer “coactivamente” a Deu la obligación de aportar esa información porque “no puede obligársele, en general, a colaborar con la investigación”.
Si la exconsejera no atiende esta invitación “la instructora podrá plantearse, obviamente, si es procedente tratar de recabar esos mismos datos que se ha reputado relevante obtener utilizando otros medios de investigación de los diversos que ofrece nuestra legislación procesal penal que no dependan de la voluntad de la misma”.
Desde el punto de vista de la Audiencia “no tenía sentido cerrar el paso a una posible indagación de otros posibles responsables por su actuación de cooperación o colaboración desde departamentos administrativos como los indicados, cuyos titulares integran el Gobierno de la Nación”.
En sus declaraciones y escritos de defensa Deu ha asegurado que interpretó la posición del Ejecutivo central como un “mandato” para colaborar con la expulsión de niños sin atender a la Ley de Extranjería, sino a un Acuerdo bilateral que nunca se había puesto en práctica. Mateos asumió que hubo “conversaciones previas” con el Gobierno de Sánchez, pero advirtió que “la decisión en la forma de proceder no puede determinarse que proviniera de Madrid”.
“Si tiene a bien”, ay qué gracioso…me meo.