El Supremo cerró ayer la vía civil en el ámbito judicial de la devolución a Marruecos en agosto de 2021 de 55 menores marroquíes no acompañados que habían llegado a la ciudad durante la crisis de mayo. A la espera de que el Ministerio del Interior (entre otros) con su titular a la cabeza aclare su papel en aquella actuación, de la que poco más se conoce que el escrito sin firma ni registro de su secretario de Estado “rogando” iniciar las deportaciones, el Alto Tribunal ha terminado de desmontar el argumentario que el Estado y la Ciudad han alargado durante años.
De que las autoridades españolas actúen “con sujeción plena a la Constitución y a las leyes” depende, ha sentenciado, “la respetabilidad de España como Estado de derecho”.
También ha dejado claro que “los procedimientos administrativos no pueden surgir de la mera voluntad ad hoc de algún funcionario”.
La materialización por la vía de hecho de la voluntad política por encima de la normativa nacional e internacional ha puesto en tela de juicio, más allá de las urgencias que motivase la situación de emergencia causada por la crisis de mayo, algunos puntos flacos de las instituciones en la ciudad. También algunas fortalezas.
Por un lado, la actuación promovida desde el ámbito político hizo sucumbir la regulación de los procedimientos de repatriación de menores contra lo que deberían haber alertado la pléyade de asesores que debieron advertir a la delegada de los daños potenciales y consecuencias de sus actos. En la Ciudad, el Servicio de Protección a la Infancia de la Ciudad ha destacado como garante y cumplidor estricto de su misión y competencias.
No todo el sistema falló, pero sí una parte, tal y como ha zanjado el Supremo a la espera de lo que diga la Justicia por el cauce penal.