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Reconocida una indemnización por una caída en el puerto

La falta de una baldosa produjo el accidente, el Juzgado estima el recurso presentado

Por Carmen Echarri
11/02/2024 - 07:45
estacion-maritima-001
Imagen de archivo

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El Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Ceuta ha estimado parcialmente el recurso presentado por una vecina de la ciudad que sufrió unas lesiones tras una caída en la estación marítima.

La Autoridad Portuaria, que ha sido condenada a abonar una indemnización de 1.853 euros, mantenía que no había una relación causal entre el mal funcionamiento del servicio público y los daños sufridos.

La defensa de la denunciante ha estado ejercida por la abogada Carolina Noya, logrando que la Justicia le dé la razón.

La sentencia, a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro, se ha centrado en aclarar la clave de este asunto que no era otra que corroborar si existía una relación causal entra las lesiones sufridas por la demandante y el tropiezo que tuvo en la estación marítima.

Se considera que existe una relación entre la caída y las posteriores lesiones

Esa caída se produjo debido a la inexistencia de una baldosa en la galería de embarque del atraque número 3 del muelle Dato, estimándose que la ausencia de la misma tenía la entidad suficiente para provocar esa caída.

No estaba debidamente señalizado dicho obstáculo, lo que viene a determinar la responsabilidad de la administración demandada por no conservar las instalaciones en las debidas condiciones para la deambulación.

En sentencia se deja claro que no cabe responsabilizar a la lesionada de la caída. Además, la misma se produjo de noche, en un lugar con escasa iluminación y con mucha gente transitando por el lugar. “No resultaba posible apercibirse de la ausencia de la baldosa aún prestando una debida atención a la deambulación”, detalla su señoría.

El mal cuidado del pavimento llevó a que se produjera este accidente

En lo que se refiere a la reclamación por la pérdida de un audífono en la caída, también ha sido estimada.

Esta sentencia se suma a otras que han sido dictadas por el Contencioso atendiendo las demandas de ciudadanos que han sufrido accidentes por el mal estado de las calles, acerados, instalaciones públicas comunes.

Las administraciones deben esforzarse en mantenerlas estado óptimo para evitar las posteriores consecuencias. Es por ello que en este caso en concreto se considera que el mal estado de ese acerado con la falta de la baldosa llevó a la posterior caída con las lesiones.

Tags: Estación MarítimaJuzgadosLosetas del Paseo del Revellín

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