Si alguna vez has recibido una llamada comercial desde un número móvil y has dudado si colgar o desconfiar de un posible fraude, desde hoy tendrás un motivo menos para preocuparte: ya está prohibido en España realizar llamadas comerciales desde móviles.
Esta nueva medida, recogida en la Orden TDF/149/2025 del Ministerio para la Transformación Digital, entra oficialmente en vigor este lunes tras un periodo de adaptación de las operadoras. Su objetivo es claro: proteger al consumidor frente al fraude telefónico y el robo de datos personales, y marcar un antes y un después en la lucha contra las llamadas indeseadas.
Las compañías ya no podrán utilizar números que empiecen por 6 o 7, es decir, líneas móviles, para hacer ofertas comerciales. En su lugar, deberán emplear:
Números fijos geográficos
Líneas especiales identificables (como el 1004)
Números gratuitos (como los que comienzan por 800 o 900)
Un ejemplo claro: la operadora Digi ha sustituido su anterior línea móvil (642 642 642) por el nuevo número fijo 919 120 120.
Si sigues recibiendo llamadas comerciales desde móviles, estás ante una posible infracción. En ese caso, las autoridades recomiendan:
No facilitar información personal ni bancaria
Bloquear el número y recopilar pruebas
Denunciarlo ante:
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)
La Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones
La Policía Nacional, si hay indicios de estafa
La orden incluye otras disposiciones clave:
Bloqueo automático de llamadas y SMS desde números no asignados
Bloqueo de llamadas internacionales que simulan ser españolas, salvo en casos de roaming
Creación de una base de datos nacional de códigos alfanuméricos para verificar la autenticidad de SMS corporativos o institucionales (vigente a partir de mayo de 2026)
Desde que comenzaron a aplicarse las primeras fases de esta normativa, se han bloqueado más de 14 millones de llamadas y 800.000 SMS fraudulentos, según datos del Ministerio.
Las empresas que incumplan esta normativa —utilizando móviles para llamar con fines comerciales— podrán enfrentarse a sanciones de hasta dos millones de euros, al tratarse de una infracción grave según la Ley General de Telecomunicaciones.
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