Ya hay fecha para la celebración del juicio contra el policía local Alonso G.D., acusado del asesinato de su mujer, Mª Ángeles Lozano, en la vivienda compartida en Parques de Ceuta.
Será el próximo 7 de abril, con otro magistrado, en este caso Luis de Diego Alegre, y un nuevo jurado que debe empezar a formarse.
El sorteo de candidatos ya se ha hecho y ahora hay que iniciar los distintos trámites para conseguir que en esa fecha comience la vista que ordenó repetir el TSJA.
Recurso estimado
Se estimó el recurso formulado por la defensa del agente, que había sido condenado a más de 35 años de prisión, indicándose además que debía señalarse la fecha lo antes posible.
La resolución dictada por el TSJA, que fue muy crítica, vino a tumbar el veredicto alcanzado y que dio como válido la Audiencia al dictar una sentencia con los años de cárcel.
El TSJA mantuvo que se tenía que haber procedido a la devolución del acta de votación por parte de la magistrada presidente, instruyendo nuevamente al jurado sobre el cumplimiento de aquellos deberes de motivación que harían admisible dicha acta y las decisiones motivadas que debería contener y la forma de exponerlas.
En sentencia, concluyó resaltando que “se nos ha privado, o al menos disminuido de forma insalvable, de nuestras posibilidades de revisión sobre la base de unos elementos sustentadores de la base fáctica nuclear de aspectos esenciales del discurrir de la acción y de la posible afectación del sujeto activo por enfermedad mental”.
El policía local fue condenado a 35 años y medio de prisión
El agente Alonso G.D. fue condenado a 35 años y medio de cárcel por varios delitos, entre ellos el del asesinato de su mujer en la vivienda familiar, estando presente su hija, que es testigo clave de los hechos y que, como otros tantos testigos, tendrá que volver a declarar.
Las citaciones a todos ellos se remitirán para que estén presentes en las jornadas de juicio oral señaladas desde el próximo 7 de abril.
En la condena que queda anulada se contempló la existencia de circunstancias agravantes de género y parentesco, así como la atenuante de enfermedad mental.
De los 35 años y medio de cárcel que fueron impuestos al agente de la Policía Local, 22 años y medio lo fueron por el delito de asesinato. La indemnización fue fijada en 875.000 euros.
La Audiencia indicó que, si bien el condenado era responsable del abono de la indemnización a los familiares de la víctima, la Ciudad Autónoma debía ser considerada responsable civil subsidiaria de esos daños causados, ya que el acusado era policía local en servicio.
Se puso negro sobre blanco los años de condena, pero antes, un Jurado ya había considerado al policía local culpable de los hechos. Ahora otro tribunal no profesional distinto es el que tiene que motivar su resolución.







En los trabajos en los que la gente porten armas debería de haber controles internos estrictos, ahí lo dejo....