La magistrada titular de la plaza número 1 de la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Ceuta ha dejado visto para sentencia el juicio contra un acusado por su presunta implicación en un delito de estafa vinculado a operaciones bancarias realizadas a través de internet.
Durante la vista oral, el acusado negó conocer a la persona que supuestamente le implicaba en los hechos y reconoció únicamente haber sido condenado con anterioridad por tráfico de drogas.
Según su declaración, abrió una cuenta online en la entidad bancaria BBVA y facilitó las claves de acceso a un tercero con el que contactó a través de la plataforma Milanuncios, con la intención de obtener un préstamo.
El procesado explicó que dicha persona le solicitó un ingreso previo para concederle el crédito, algo que no pudo realizar por falta de fondos, tras lo cual cesaron las comunicaciones.
Afirmó que accedió a facilitar las claves por necesidad económica y que en ningún momento sospechó que pudiera estar participando en una actividad ilícita.
El acusado niega haber tenido control sobre la cuenta bancaria
Asimismo, el acusado aseguró que nunca tuvo acceso efectivo a la cuenta bancaria una vez abierta, indicando que ni siquiera su número de teléfono estaba asociado a la misma.
Según su versión, desconocía los movimientos realizados y no tuvo constancia de la existencia de ingresos hasta que recibió una citación judicial por un presunto delito de estafa.
Por su parte, el perjudicado relató que inició hace aproximadamente un año la solicitud de un crédito a través de internet, concretamente mediante la red social Facebook.
Según explicó, mantenía contacto telefónico con una supuesta mujer que le indicaba que debía realizar transferencias previas para poder acceder al préstamo.
El denunciante afirmó que realizó múltiples ingresos, en su mayoría a cuentas de BBVA, y que en varias ocasiones el titular que aparecía como destinatario coincidía con el nombre del acusado.
En total, aseguró haber perdido cerca de 8.000 euros, además de haberse solicitado préstamos a su nombre sin su consentimiento.
La investigación apunta al acusado como titular de la cuenta receptora
En concreto, el perjudicado detalló que realizó siete transferencias por un importe total de 1.755 euros a la cuenta vinculada al acusado, aunque también efectuó otros pagos a diferentes cuentas.
Indicó que estuvo aproximadamente dos meses realizando estos ingresos, confiando en que finalmente recibiría el préstamo solicitado.
Un agente de la Policía Nacional que actuó como instructor de las diligencias explicó que la denuncia fue presentada en marzo de 2025.
Tras analizar los datos aportados por la víctima, se llevaron a cabo gestiones que permitieron identificar al titular de la cuenta bancaria receptora, resultando ser el acusado, pese a que inicialmente figuraba el nombre de una mujer.
El agente señaló que, en este tipo de delitos, el titular de la cuenta puede actuar como autor o como lo que se conoce como “mula”, es decir, una persona que presta su cuenta para canalizar el dinero.
No obstante, en este caso consideró que el acusado podría ser el autor directo, ya que los fondos no fueron transferidos posteriormente a otras cuentas.
La Fiscalía pide hasta tres años de prisión y la defensa solicita la absolución
El Ministerio Fiscal consideró acreditados los hechos y solicitó una pena de tres años de prisión por un delito de estafa.
De forma alternativa, planteó una condena de dos años por un delito de blanqueo de capitales por imprudencia grave, junto con la inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y una multa de 3.000 euros, con responsabilidad subsidiaria en caso de impago.
Por su parte, la defensa solicitó la libre absolución de su representado al entender que no ha quedado suficientemente acreditada su participación en los hechos investigados.
Tras la celebración de la vista, el juicio quedó visto para sentencia.






