Nueva lista de denunciados por infringir la normativa de tráfico en las páginas del Boletín Oficial del Estado (BOE). Este miércoles, el Ministerio del Interior ha publicado dos anuncios de notificación de la Jefatura Provincial de Tráfico de Ceuta, uno referente a resoluciones sancionadoras firmes y otro a la iniciación de nuevos procedimientos sancionadores.
Ambos documentos recogen un amplio abanico de infracciones cometidas tanto en Ceuta como en otras localidades andaluzas y del resto del país, pero con una clara presencia de expedientes tramitados en la ciudad autónoma.
Según los textos oficiales, las sanciones se amparan en lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 6/2015, que aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LTSV), y en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común.
La publicación en el BOE se produce cuando las notificaciones no pueden practicarse por medios ordinarios, como la Dirección Electrónica Vial o el domicilio postal del conductor, pasando así al Tablón Edictal Único (TEU).
El primero de los anuncios, relativo a la notificación de resoluciones sancionadoras, incluye sanciones que oscilan entre 800 y 1.500 euros. En total, aparecen diez infracciones firmes, cinco de ellas cometidas en Ceuta, lo que representa la mitad del total.
Entre las más destacadas, figuran multas de 1.500 euros por infracciones tipificadas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 8/2004, que hace referencia a faltas graves relacionadas con la seguridad vial, normalmente vinculadas a exceso de velocidad (puede ser detectado por radar) o conducción temeraria.
También se recogen sanciones de 1.000 euros derivadas del artículo 14.1 del Real Decreto Legislativo 6/2015, que suelen corresponder a incumplimientos administrativos graves, como conducir sin permiso o bajo los efectos de alcohol o drogas.
De los datos disponibles, se observa que Ceuta acumula sanciones por un total superior a 6.000 euros, siendo la localidad con mayor concentración de infracciones en el listado. En los cuadros, también aparecen otras ciudades como Algeciras, Marbella, Almería y Molina de Segura, aunque con una presencia menor.
La jefa Provincial de Tráfico firma las resoluciones, recordando que el impago de las multas en el plazo de quince días naturales tras su firmeza implicará su recaudación por vía ejecutiva a través de los mecanismos tributarios correspondientes.
El segundo documento publicado en el BOE recoge las iniciaciones de procedimientos sancionadores, es decir, las denuncias en fase inicial antes de ser firmes. En este listado, Ceuta vuelve a destacar con una veintena de infracciones, la mayoría por faltas leves o graves denunciadas con importes que van desde 100 a 1.000 euros.
Las sanciones más comunes están basadas en el artículo 52.1 del Real Decreto 1428/2003, que regula el Reglamento General de Circulación. Este precepto se cita en casi la mitad de los expedientes, y suele estar relacionado con incumplimientos de señalización, distracciones o estacionamientos indebidos.
Le siguen las infracciones del artículo 10.1 del Real Decreto 2822/1998, del Reglamento General de Vehículos, vinculadas a defectos en la documentación o en las condiciones técnicas del vehículo, con sanciones de 200 euros.
Asimismo, se incluyen varios casos sancionados con 800 y 1.000 euros según el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 8/2004 y el artículo 14.1 del Real Decreto Legislativo 6/2015, respectivamente, ambos relacionados con infracciones graves de seguridad vial.
Algunos de los lugares donde se cometieron estas infracciones son Fuengirola, Sevilla, Barcelona, Valladolid o Benalmádena, entre otros lugares.
De los dos cuadros publicados, las carreterras de Ceuta concentra cerca del 60% de las sanciones notificadas, tanto en la fase de inicio como en las resoluciones firmes. Las multas más frecuentes son las de 100 y 200 euros, principalmente por infracciones del Reglamento General de Circulación, mientras que las más altas –de 1.000 y 1.500 euros– se corresponden con casos de conducción temeraria o bajo los efectos de alcohol o drogas.
Además, la Jefatura Provincial recuerda que los interesados pueden presentar alegaciones o identificar al conductor responsable en un plazo de 20 días naturales, o beneficiarse de la reducción del 50 % si realizan el pago voluntario dentro del periodo reglamentario.
El magistrado titular de la plaza número 2 de la Sección de lo Penal del…
La Ciudad ha dado luz verde a un ambicioso contrato para la rehabilitación integral de…
El que fuera presidente ejecutivo de Apple, Steve Jobs, tiene una definición perfecta del marketing:…
El 14 de Diciembre de 1.974 se reunía la Asamblea General de las Naciones Unidas…
Corría el anoo domini 1981, era 23 de febrero y se votaba la investidura de…
En los últimos días hemos visto cómo una situación concreta ha generado opiniones, presión y…