El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado esta semana la incoación de un expediente sancionador en Ceuta por la venta ilegal de cigarros sueltos, una práctica que, aunque extendida en algunos barrios, está expresamente prohibida por la legislación española en materia de tabaco y conlleva multa.
La denuncia, tramitada por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de Ceuta, se dirige contra un particular que habría comercializado cigarrillos y cigarritos de forma individual o en paquetes de menos de 20 unidades, sin disponer además de la autorización administrativa correspondiente. Según consta en el expediente, la Guardia Civil intervino en la actuación y puso los hechos en conocimiento de la Administración.
Por qué está prohibida la venta de cigarros sueltos
La Ley 28/2005, de medidas sanitarias frente al tabaquismo, modificada posteriormente por la Ley 42/2010, establece con claridad que los productos del tabaco solo pueden venderse en estancos (expendedurías oficiales de tabaco y timbre) o en máquinas expendedoras autorizadas, siempre dentro de establecimientos que cuenten con licencia.
El artículo 3.4 de esta normativa va más allá: prohíbe expresamente la venta de cigarrillos sueltos o en cajetillas de menos de 20 unidades, así como el tabaco de uso oral. La razón principal es doble: por un lado, dificultar el acceso de los menores al tabaco –al ser más barato comprar un cigarro suelto que una cajetilla entera– y, por otro, garantizar la trazabilidad del producto y el control de su fiscalidad.
Una infracción considerada grave
El BOE detalla que este tipo de prácticas se encuadran dentro de las infracciones administrativas graves, recogidas en el artículo 19 de la ley. La sanción prevista oscila entre 601 y 10.000 euros, aunque en este caso la multa impuesta se ha fijado en 601 euros, la cuantía mínima dentro de la horquilla legal.
La resolución recuerda además que el infractor tiene derecho a reconocer la falta y acogerse a una reducción del 20% en la multa si acepta la sanción y renuncia a presentar alegaciones. En ese caso, el importe quedaría en 481 euros.
El procedimiento sancionador
El expediente, fechado el 19 de agosto de 2025 y firmado por la consejera de Sanidad y Servicios Sociales de Ceuta, Nabila Benzina Pavón, detalla que el afectado dispone de 15 días para presentar alegaciones y aportar pruebas en su defensa. En paralelo, se le ofrece la opción de acogerse al reconocimiento voluntario para cerrar el procedimiento más rápidamente y con el descuento mencionado en la sanción económica.
En el caso de que la persona sancionada no responda, el proceso seguirá su curso administrativo hasta dictarse la resolución definitiva, pudiendo incluso adoptarse medidas provisionales como la incautación de los productos de tabaco intervenidos.
Preocupa a Sanidad por el acceso al tabaco de menores
Aunque pueda parecer un asunto menor, la venta de cigarros sueltos es una práctica que preocupa a las autoridades sanitarias porque suele estar asociada a un mayor acceso al tabaco por parte de jóvenes y menores de edad, además de suponer una pérdida de control fiscal sobre este producto.
La Consejería de Sanidad insiste en que este tipo de sanciones buscan proteger la salud pública y recordar a la ciudadanía que solo se puede adquirir tabaco en los puntos autorizados. Comprar o vender cigarrillos fuera de este canal es ilegal y conlleva multas para quienes lo hagan.
Un problema recurrente en barrios
La publicación en el BOE de este expediente sancionador en Ceuta vuelve a poner sobre la mesa la realidad de la venta de cigarros sueltos en algunos barrios. Aunque para muchos consumidores pueda parecer una práctica sin importancia, la ley es clara: los cigarros sueltos están prohibidos y venderlos supone exponerse a multas de hasta 10.000 euros.
En este caso, la sanción mínima de 601 euros pretende servir de advertencia y refuerzo a una normativa que persigue reducir el tabaquismo y proteger la salud, especialmente de los más jóvenes.






