La no discriminación por razón de sexo es un principio para el que no caben muros y un derecho del que no se puede privar a ninguna persona, tampoco a las que lo están temporalmente de libertad. De velar por ello, entre otras cosas, se encarga el Defensor del Pueblo. Sus críticas, sugerencias y recomendaciones deben ser escuchadas por todos, pero especialmente por aquellas instituciones a las que van dirigidas, pues no deja de ser la voz de la conciencia de nuestra sociedad.
La Dirección del Centro Penitenciario de Fuerte Mendizábal ha escuchado las que, sobre sus prácticas en lo tocante a igualdad entre mujeres y hombres, le dirigió la institución tras su última visita a Ceuta.
De forma plausible y coherente, en la prisión se ha implementado un Protocolo de actuación con perspectiva de género que persigue incluir esta “de forma transversal” en las intervenciones de prevención para “contribuir a la eliminación de la discriminación hacia las mujeres en prisión”.
Las féminas no llegan ni al 10% de la población reclusa en la ciudad autónoma, pero este tipo de actuaciones no entienden de cifras.
El Defensor del Pueblo detectó que las presas se encontraban con problemas para acceder a plazas en el Centro de Inserción Social en idénticas condiciones a los hombres, falta de instalaciones adecuadas para madres con hijos menores de tres años, ausencia de plazas en Enfermería o dificultades para su incorporación a programas como los de Salud Mental.
El catálogo de intervenciones que ha incluido la Dirección de la cárcel en su Protocolo, que constituye el resultado de un conjunto de trabajos orientados a la integración de la perspectiva de género en las actuaciones del Centro Penitenciario, abordando desde el verano pasado una nueva etapa de revisión, actualización y mejora de las medidas ya adoptadas y el desarrollo de otras nuevas. Su labor de escucha y respuesta es un modelo a seguir.






