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La gestión del Centro de Crisis 24 horas saldrá de nuevo a licitación

La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales anuló su puesta a adjudicación para reconsiderar el número de trabajadores inicialmente previsto en el Pliego de Prescripciones Técnicas

Por Diego Naranjo
13/05/2025 - 07:25
violencia-de-genero
Imagen de archivo

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La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales tendrá que volver a sacar a licitación el servicio para la gestión de un centro de crisis 24 horas para mujeres víctimas de violencia sexual (acoso, agresiones y abusos sexuales contra la mujer, y acoso sexual en el ámbito laboral).

La propia Consejería paralizó esta licitación, debido al número inicial que se solicitaba de trabajadores que no concordaba con lo necesario. Este periódico ha podido confirmar que la nueva licitación saldrá con un número menor de trabajadores.

Un decreto para paralizar la licitación

Ese decreto, al que ha tenido acceso este periódico, señalaba que: “En atención al procedimiento iniciado y conforme al análisis realizado por este Órgano Promotor, se ha determinado la necesidad de reconsiderar el número de trabajadores inicialmente previsto en el Pliego de Prescripciones Técnicas”.

“Dicha reconsideración responde a la aplicación de los principios de economicidad y eficiencia financiera, fundamentales en la gestión de los recursos públicos, permitiendo optimizar costos sin afectar la calidad ni la eficacia del servicio a contratar”.

En virtud de lo anterior, y dado que el procedimiento aún no había alcanzado la fase de adjudicación, se solicitó al Órgano de Contratación que se procediera al “desistimiento” del procedimiento en curso.

El contrato tendrá que pasar, de nuevo, por licitación

Debido a esa situación, en los próximos días, la Consejería que lidera Nabila Benzina tendrá que sacar a licitación de nuevo este nuevo contrato.

En este centro se prestarán servicios de atención jurídica, psicológica y social a mujeres víctimas de violencia sexual y sus familiares, en su caso, durante las 24 horas del día, los 365 días del año.

La asistencia se otorgará a las víctimas, sus hijos menores y personas dependientes de ellas; a estos efectos, se considerarán personas dependientes, los familiares, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, con el/los que conviva.

¿Cómo puedo acceder a este servicio?

Se entenderá que existe convivencia cuando esta se encuentre interrumpida por motivos derivados de la situación de violencia de género. No será necesaria la convivencia cuando exista obligación de alimentos en virtud de convenio o resolución judicial.

Se presumirá convivencia, salvo prueba en contrario, cuando los familiares tengan reconocida la condición de beneficiarios de asistencia sanitaria de la Seguridad Social en el documento que aparezca extendido a nombre de la víctima.

Asimismo, tendrán acceso al recurso otras personas no incluidas en el concepto de familiar según se ha definido en los dos párrafos anteriores, en su calidad de “personas de apoyo”, cuando su participación esté justificada en atención a la necesidad de dar cobertura para la recuperación a las víctimas de violencia sexual, en base a otros vínculos de distinta naturaleza con la víctima, -laboral, de convivencia bajo un mismo espacio, de amistad o personas profesionales de apoyo, entre otras posibles-, que las hace conocedoras directas de la situación de violencia sexual.

El acompañamiento

A este respecto, la Dirección General con competencias en materia de Igualdad se reserva la facultad de decidir cuándo, por la situación de violencia de la víctima, puede ser necesaria la acogida en el centro de “las personas de apoyo”, sin que en ningún caso pueda entenderse que exista un derecho de la persona acompañante por su condición de tal, equiparable al que deba otorgarse a las mujeres víctimas, sus hijos/as menores y personas dependientes de ellas. Dicho centro está integrado en la Red de Atención Integral para la Violencia de Género de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

El objetivo general del Centro de Crisis es acompañar y asesorar a las mujeres que han vivido un intento o una situación de violencia sexual recientemente o en el pasado, así como una atención integral, a través de una intervención multidisciplinar a corto, medio y largo plazo, que ayude en la superación de las secuelas y toma de decisiones.

Las metas que se persiguen

Los objetivos específicos del Centro de Crisis son: ofrecer información telefónica y presencial, 24 horas los 365 días del año, suficiente y adecuada sobre las alternativas y recursos existentes, así como sobre los derechos que asisten a las víctimas y la forma de ejercerlos. Intervención integral especializada a corto, medio y largo plazo (psicológico, social y jurídico), que conlleve una seguridad física y psíquica, adaptada a las necesidades de cada mujer, que facilite la recuperación de las secuelas.

Acompañamiento emocional respetuoso y facilitador en el proceso de toma de decisiones y puesta en marcha de las mismas, y un acompañamiento físico a recursos sanitarios y dependencias policiales orientado a garantizar el ejercicio de sus derechos.

Atender las demandas del entorno familiar de la víctima para orientar el apoyo y acompañamiento que puedan prestarle e informar a la población en general sobre las causas, manifestaciones y consecuencias de la violencia sexual, así como de los procesos y recursos de atención reparadora existentes.

El modelo a seguir

El modelo de atención que se propugna se basa en un diseño global de proceso sistematizado de abordaje de la problemática de la violencia sexual, que se traduce en cada caso en un diseño de intervención individualizado según la naturaleza y necesidades de cada caso, los objetivos de trabajo particulares y la modalidad de recursos que deben activarse para dar cobertura a sus problemáticas particulares.

La empresa adjudicataria se regirá por el protocolo de actuación y coordinación de los profesionales que integran Centro de Crisis 24 horas para mujeres víctimas de violencia sexual de la ciudad autónoma de Ceuta y de estos con los demás profesionales implicados.

Atención individualizada

La primera de ella será la atención presencial, modalidad prioritaria para la intervención en situación de emergencia y de crisis, así como para el resto de intervenciones de media y larga duración que se van a llevar a cabo en el centro, ya sea por el expreso deseo de la mujer a realizar una intervención de manera presencial, para mujeres con una importante brecha digital, o casos resistentes y poco proclives a una atención telemática.

La segunda la atención telemática, con aquellos casos que sea posible, teniendo en cuenta los criterios técnicos del equipo del Centro y/o preferencia por esta modalidad por parte de las mujeres víctimas de violencia sexual. La utilización de esta modalidad tiene las siguientes ventajas; aporta una sensación de seguridad, facilita la conciliación familiar y evita desplazamientos.

Y, por último, establecer una atención mixta (presencial/telemática), donde la atención presencial se desarrolle solo en las situaciones que puedan considerarse necesarias, como posibles crisis, nuevas valoraciones u otras.

Supervisión Externa del Equipo Profesional

Se entiende por Supervisión Externa del Equipo Profesional, el proceso que tiene como objetivo revisar el quehacer profesional y las emociones que generan las actuaciones desarrolladas, ayudando a contrastar los marcos teóricos y conceptuales con la práctica cotidiana.

Las sesiones que se desarrollarán

La supervisión externa mejora las competencias y cualificación de los profesionales y redunda en la prevención de daños que puedan producirse por mala práctica profesional, en la prevención del estrés laboral y en el bienestar y autocuidado de los profesionales del equipo, buscando un desarrollo profesional altamente integrado y competente.

La empresa o entidad adjudicataria queda obligada a realizar un mínimo de 4 sesiones grupales anuales de supervisión externa por un profesional o profesionales cualificados. La duración de cada sesión grupal será de dos horas.

Para el seguimiento de esta obligación, la empresa o entidad adjudicataria deberá presentar al inicio de la ejecución del contrato, un programa de supervisión en el que conste el/los profesional/es externos que lo llevarán a cabo.

Tags: mujeresViolencia de género

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