Fiscalía no va a recurrir la sentencia por el mayor juicio de blanqueo de capitales celebrado en Ceuta, que terminó con la absolución de todos los acusados, entre ellos una agente de la Policía Local.
El fallo se conocía el pasado 28 de abril, cuando, tras prácticamente año y medio de espera, la Audiencia notificaba sentencia absolutoria para todos los acusados en una de las macrocausas más mediáticas juzgadas en Ceuta.
La sentencia sobre blanqueo no era firme, pero según fuentes judiciales consultadas por El Faro, la Fiscalía no va a presentar recurso contra la misma, por lo que se dará así carpetazo judicial a este caso.
Había 12 personas acusadas. Todas, en el derecho a su última palabra, se confesaron inocentes del delito de blanqueo de capitales, denunciando, de hecho, el trabajo realizado por la Guardia Civil, en concreto por el OCON-Sur, que fue quien dirigió el operativo contando con la Policía Judicial del Instituto Armado de Ceuta.
La operación se desarrolló en 2019 contra la práctica totalidad de los acusados salvo dos, que siguen sin haber respondido de la acción judicial y en paradero desconocido.

Lo que dijo la Audiencia
La Audiencia consideró como hechos probados en la sentencia que fue adelantada por El Faro, que los investigados en este macrojuicio no tenían ninguna responsabilidad en el delito de blanqueo de capitales por el que venían siendo perseguidos.
De cada uno de los 12 acusados, el tribunal del máximo órgano judicial en nuestra ciudad repitió lo mismo: no había quedado acreditada ninguna relación con la acción delictiva por la que se habían sentado en el banquillo de los acusados.
La Audiencia consideró, además, que ninguna de las acusaciones contra los señalados como blanqueadores de capitales estaba fundamentada, al no haberse podido probar esa vinculación delictiva que llevó a una de las operaciones más destacadas de la Guardia Civil y a la posterior celebración del mayor juicio contra blanqueo de capitales desarrollado en Ceuta.
Sin recurso anunciado ni efectivo
Fiscalía no presentará recurso contra un fallo en el que se dejó claro que “no solo no se podría a condenar a acusado alguno como autor de un delito de organización criminal para la comisión de delitos relativos al narcotráfico”, sino que, “en los hechos probados habría de prescindirse en todo cuanto sea posible de las referencias a la existencia de un entramado plural y estructurado de todos ellos tendentes a la realización de operaciones de narcotráfico”.
La tesis defendida en la vista oral por el Ministerio Fiscal resulta por tanto imposible, ante la total ausencia de elementos para entender la existencia de un blanqueo de capitales.
Con la sentencia absolutoria se siguió por presuntos delitos de blanqueo de capitales y organización criminal se puso fin a un procedimiento judicial iniciado en 2018, que ahora cobra firmeza.
Las líneas de investigación mantenidas por el Instituto Armado con la participación del OCON no han tenido la finalidad en forma de condena que se pretendió en la que fue la mayor causa judicial contra el blanqueo.
Fue en marzo de 2018 cuando se solicitó autorización judicial para la instalación de dispositivos de geolocalización en embarcaciones presuntamente vinculadas a actividades ilícitas, en este caso el petaqueo. Estas diligencias fueron autorizadas por el juzgado instructor, dando pie a una operación que terminó con cuantiosos registros tanto en Ceuta como en la Península, así como detenciones.
La Audiencia concluyó que no se pudo dar por probado de forma suficiente el origen ilícito de los fondos económicos, elemento esencial para la tipificación del delito de blanqueo.
La mera existencia de bienes o movimientos económicos no justificados plenamente no permite, por sí sola, afirmar la comisión de esa acción delictiva.






