“Hubo una absoluta desidia por parte de los mandos de la Policía Local de Ceuta y los órganos correspondientes de la administración local a pesar del riesgo que conlleva el porte de armas agravado, en este supuesto, por los antecedentes conductuales del acusado”.
Este es un extracto demoledor de la sentencia que dictó la Audiencia tras el asesinato perpetrado por un policía local en Parques de Ceuta y que fue adelantada por El Faro.
Arrebató la vida de su mujer de un disparo y ahora, después de que un Jurado lo considerara culpable, se le ha impuesto una pena de 35 años y medio de cárcel.
La Ciudad ha sido condenada como responsable civil subsidiario. La indemnización es de 875.000 euros, pero lo sangrante es el varapalo que da la institución judicial al modo de proceder del Gobierno local.
Este jueves, el portavoz del Gobierno y vicepresidente del mismo, Alejandro Ramírez, ha indicado que la resolución judicial, que todavía no es firme, la recibieron en la tarde de ayer.
“Como no puede ser de otra manera acatamos cualquier tipo de sentencia, pero ahora los servicios jurídicos están estudiando y analizando el contenido de la misma para elevar recurso. Aún está en fase de análisis porque se recibió ayer por la tarde”, ha considerado Ramírez a preguntas de los periodistas.
“Hablamos, al final, de un procedimiento técnico y que está reglado a través del servicio de prevención de la Ciudad o a través de la Jefatura, y que, bueno, dentro de esos procedimientos, si lo valoramos, es una cuestión en la que políticamente poco podemos intervenir. Se trata de unos procedimientos que están reglados, y después puede ocurrir esto: que la valoración de si se ha hecho peor o menor queda a juicio de los jueces”, se ha escudado Ramírez.
¿Se adoptarán medidas o se pedirá la cabeza de alguien?, se le ha preguntado a Ramírez.
“La sentencia llegó ayer, se está analizando jurídicamente al objeto de recurrir o no, cuando tengamos un análisis podremos dar un posicionamiento más completo, y en base a la sentencia se analizarán los procedimientos internos que aplica la Ciudad”, ha indicado.
“Son procedimientos que tienen que ver con riesgos” en material laboral, que “están muy reglados, son muy técnicos y son los que van marcando los pasos que hay que dar en situaciones de personal”.
“No puedo hacer valoración sobre si algo falló, vamos a estudiar en profundidad la sentencia y a partir de ahí tomaremos una decisión al respeto”, ha indicado.
Dice la Audiencia que “se ha acreditado efectivamente la deficiente actuación de la Ciudad y el nulo control ejercido sobre los miembros de la Policía Local, portadores del arma reglamentaria con el plus de peligrosidad que ello comporta si se usare indebidamente o en situaciones no controladas”.
“Es posible concluir la inexistencia de controles sobre los miembros de la Policía Local en los últimos años, las inadecuadas fórmulas para controlar la salud física y mental de los mismos al estar basadas en la propia información facilitada por los interesados; la falta de control en el momento de los hechos sobre las armas facilitadas a los policías locales en su cometido dado que no tiene obligación de depositarlas en el armero que hoy día existe, aunque no estaba habilitado en el momento de los hechos”, expuso el máximo órgano judicial en nuestra ciudad.
De igual manera se ha aludido en la resolución judicial a “la imprudencia que supone mantener a un policía local en un destino unipersonal sin asistencia de compañero alguno como lo era el Mercado de Hadú a pesar de conocer, si no su enfermedad mental que él mismo se ocupó de mantener oculta, su carácter conflictivo y sus anteriores antecedentes que llevaron incluso a la retirada temporal del arma”.
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