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Ha presentado un recurso de reposición ante la Consejería de Economía
Caballas ha presentado recurso de reposición ante la Consejería de Economía contra la resolución de fecha 26 de mayo de 2017 publicada en el BOCCE por la que se autoriza el precio máximo de venta aplicable a los suministros de gases licuados del petróleo envasados en recipientes de capacidad igual o superior a 8 kilos e inferior a 20. Los localistas denuncian que solo se busca favorecer los intereses comerciales en la venta de productos de primera necesidad, cual es el caso del butano.
Considera la coalición que esa resolución está dictada por un órgano “manifiestamente incompetente para ello”, al considerar que su actual responsable, Kissy Chandiramani, “no reúne los requisitos legales para ocupar dicho cargo al no ser concejal electa de la Ciudad”, recurriendo así al contenido, recurrido por la Ciudad, de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
Caballas añade que esa resolución establece una “variación al alza de los costes de comercialización según la resolución número 015813, de 18/12/2013” de 17,1125 euros/kilogramo amparándose en lo dispuesto en el artículo 4.3 de la Orden IET/389/2015 de 5 de marzo que dice textualmente: “las ciudades de Ceuta y Melilla podrán establecer variaciones en más o menos sobre los costes de comercialización establecidos”. De este modo, la resolución encarece el precio máximo de venta de los gases licuados del petróleo en un 15,6%.
“En los últimos cuatro años los costes de comercialización pueden haber sufrido variaciones sustanciales. El hecho de que la propia norma establezca la posibilidad de modificar en más o menos, implica la necesidad de fundamentar la decisión en un estudio de costes exhaustivo y detallado que justifique la elevación del precio de un bien que tiene la consideración de producto de primera necesidad y cuyo encarecimiento perjudica a las economías familiares, y de manera especial y más grave, a las de economía más modestas”, explica en una nota.
“Las razones para incrementar en más de un 15% el precio de los gases licuados son la extrapeninsularidad, el limitado volumen de demanda, y los costes añadidos de transporte”. Se trata de términos genéricos e imprecisos, dice Caballas, que en modo alguno pueden servir de fundamento a una resolución de tipo económico que no sólo tiene que justificar la existencia de un mayor coste, sino su cuantía exacta. “No se puede subir el precio de un bien de primera necesidad al amparo de obviedades (la extrapeninsularidad), imprecisiones (limitado volumen de demanda), y lugares comunes (precio del transporte); entre otros motivos porque el Régimen Económico y Fiscal de Ceuta, contempla una serie de medidas (50% bonificación de las cuotas patronales a la seguridad social, y 50% bonificación del impuesto de sociedades) que pueden, en su conjunto, superar con creces los hipotéticos incrementos de costes (no demostrados)”.






