La defensa de las exconsejeras Susana Román y Rabea Mohamed han denunciado con la adhesión de la de Mohamed Ali, entre otras, la violación de varios derechos fundamentales durante la instrucción de la causa, en concreto a través de la “acusación sorpresiva” por parte de la Fiscalía de Ceuta de un delito de organización criminal que ha solicitado sea retirado.
Con el apoyo del propio Ministerio Público han reclamado que se anule también la imputación de otro de malversación por parte de la acusación particular. Ha ocurrido este martes en la segunda sesión de la vista oral del ‘caso Emvicesa’.
En primer lugar el letrado Javier Izquierdo ha argumentado que sus mandantes han visto negados sus derechos a conocer los ilícitos que se les atribuían, así como a ser oídas, ya que de acuerdo con su exposición la atribución de ese delito no apareció en los informes evacuados por la Policía Nacional ni en los autos dictados por la jueza instructora cuando las pasó a considerar investigadas por prevaricación, tráfico de influencias, falsedad o malversación.
La Fiscalía pide tanto para Román como para Mohamed cinco años de prisión solamente por la presunta comisión de ese supuesto delito de formar parte de una “organización criminal” a pesar de que en sus declaraciones tampoco se les advirtió o dejó entrever esa posibilidad.
Las tesis mantenidas por los abogados
“Se ha desbordado el relato de hechos del auto de procedimiento abreviado, un hito del procedimiento en el que se deja configurado el objeto del mismo a partir de ese momento, que delimita objetiva y subjetivamente”, ha advertido el letrado, que ha reiterado que en el mismo no existe rastro que permita la atribución del mencionado ilícito.
La abogada de Mohamed Ali, Isabel Valriberas, se ha adherido al argumentario de su colega, que se encuentra en la misma situación.
El fiscal ha alegado que no se pueden confundir “los hechos investigados con la imputación”. “El Ministerio Fiscal tiene la facultad para acusar, que en ningún momento está vinculada con el instructor”, ha añadido antes de afirmar que el relato de hechos del auto de procedimiento abreviado que cerró las diligencias sí da pie en su valoración a imputar ese delito a esos tres antiguos miembros de la Comisión Local de la Vivienda.
Contra el delito de malversación
Román y Mohamed también se consideran víctimas de una vulneración de derechos fundamentales en la atribución de un delito de malversación de fondos públicos por parte de la acusación particular, que según ha lamentado su abogado se ha limitado a copiar literalmente el auto de procedimiento abreviado de la instructora sin ningún hecho susceptible de ser tipificado como tal, algo que también genera “indefensión”.
Tanto la letrada de Ali como la propia Fiscalía se han alineado con la petición de expulsar esa acusación del procedimiento porque “no hay ningún hecho que justifique un desvío de caudales o una apropiación indebida”.
La acusación particular, sin embargo, ha defendido su derecho a intentar probar en el plenario la comisión de ese supuesto delito por haberse adjudicado viviendas a unas personas y no a sus representados, que aparecieron en la 'lista fantasma' de 2015.