La titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Ceuta ha acordado ratificar la medida de prisión provisional comunicada y sin fianza para M.B.H., conocido como ‘Canty’, que ya había sido fijada el pasado sábado tras su puesta a disposición judicial después de ser detenido por la Policía Nacional.
Tras la celebración de comparecencia de prisión esta misma semana por delito de malos tratos en el ámbito de la violencia de género y doméstica además de amenazas graves, se ha ratificado dicha medida privativa de libertad, tal y como se recoge en la resolución judicial a la que ha tenido acceso El Faro.
Esta es solo una de las causas pendientes que tiene el ‘Canty’, quien no había podido ser localizado ni policial ni judicialmente para responder por esta y otras búsquedas judiciales hasta que el CNP dio con él en el mismo operativo en el que se arrestó al apodado ‘Ratón’, en la barriada del Príncipe.
Le esperan otras comparecencias por requisitorias pendientes además del cumplimiento de sentencias condenatorias ya firmes.
Amenazas graves y riesgo de fuga
La medida adoptada por el Juzgado especializado en asuntos de violencia de género se basa en la gravedad de los hechos recogidos en las diligencias que dieron pie a este caso, además de en el contenido de las amenazas vertidas.
Así, se hace constar la existencia de mensajes enviados por el ‘Canty’ hacia quien fuera su pareja en los que le expone que iba a mandar a que le quemaran la vivienda o a que le dispararan por la calle, advirtiéndole de que a las malas la situación podía empeorar.
La medida de privación de libertad resuelta en este auto se adopta en base a la declaración de la denunciante, que ha sido “persistente” además de mostrar un relato “claro y preciso” sin “incongruencias” ni contradicciones sobre la situación que estaba viviendo, además con un menor a cargo.
"Situación de peligro"
“Existen mensajes amenazantes y una situación objetiva de peligro dada la violencia de los hechos denunciados y las expresiones proferidas, así como los antecedentes penales y causas pendientes del investigado, en busca por sumarios de tentativa de homicidio y causas relativas a amenazas y tenencia de armas”, dictamina el juzgado.
Añade además que hay un claro “riesgo de que actúe contra bienes jurídicos de la víctima y riesgo de fuga” al objeto de fundamentar la medida de prisión que es “proporcionada, necesaria y útil” además de “no sustituible por otra medida”.
La pena a la que se enfrenta por estos hechos puede ser superior o igual a dos años de prisión, de ahí que la privación de libertad busque, también, asegurar la presencia del investigado en el acto de juicio oral.