• Contacto
  • Ferry
  • Vuelos
  • Sorteo Cruz Roja
  • COPE Ceuta
  • Portal del suscriptor
martes 17 de junio de 2025   
El Faro de Ceuta
  • Sociedad
  • Sucesos
  • Frontera
  • Tribunales
  • Política
  • Cultura
  • Educación
  • Deportes
  • Marruecos
  • Opinión
No Result
View All Result
  • Sociedad
  • Sucesos
  • Frontera
  • Tribunales
  • Política
  • Cultura
  • Educación
  • Deportes
  • Marruecos
  • Opinión
No Result
View All Result
El Faro de Ceuta
No Result
View All Result

Fallo TS: no se pueden expulsar menores extranjeros mientras tramitan su residencia

El Tribunal Supremo ha fijado doctrina al reconocer el derecho de residencia a un joven tras anularse su expulsión

Por Isabel Jiménez
12/08/2023 - 15:35
Fiscalía y Abogacía del Estado presentan sus escritos en causa del proceso soberanista catalán

EFE


Compartir en WhatsappCompartir en Facebook

El Tribunal Supremo (TS) ha fijado doctrina tras fallar a favor de que no se pueden expulsar menores extranjeros no acompañados de Ceuta, Melilla, islas y Península mientras gestionan su permiso de residencia en España al considerar que este extremo conllevaría una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, como publica Europa Press.

El Supremo ha reconocido a un menor extranjero no acompañado, cuya expulsión fue anulada al constatar su minoría de edad, el "derecho a ser documentado, gestionándose su permiso de residencia y su permanencia en un Centro de Menores", con la circunstancia de que ya es mayor de edad, según la sentencia a la que ha tenido acceso EFE.

Sin embargo, tanto el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 5 de Granada como la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía rechazaron los correspondientes recursos en los que el entonces menor Malick Sall hacía esa petición.

Los magistrados mantuvieron una reunión para dictaminar "si es compatible con el derecho a la tutela judicial efectiva así como con el respeto al principio de superior interés del menor acordar la pérdida sobrevenida" de un recurso cuando la Administración haya revocado una expulsión –al constatar la minoría de edad del demandante– pero no haya dado respuesta a la petición del menor de regularizar su situación.

El menor primero acudió a los juzgados al considerar que la Administración no había aceptado llevar a cabo una prueba cuando recibió el decreto de la Fiscalía de Menores por el que se le consideraba mayor de edad. Mientras se tramitaba el caso en el juzgado, el joven aportó un nuevo decreto en el que la Fiscalía de Menores se rectificaba y le consideraba menor de edad.

De tribunal en tribunal hasta ver satisfechas sus pretensiones

De este modo, pidió no solo la nulidad del acuerdo de expulsión dictado por la Subdelegación del Gobierno, sino también de que se le reconociera su minoría de edad, que se le facilitara documentación como menor extranjero, que se le concediera un permiso de residencia y que se le permitiera la estancia en un centro de menores.

Una vez analizado el caso, el Juzgado consideró que –toda vez que el Ministerio Público había rectificado su informe– las pretensiones del menor se habían visto "claramente satisfechas", por lo que procedía archivar el procedimiento por "satisfacción extraprocesal".

El joven mostró su oposición a esta decisión porque, a su juicio, solo se había resuelto una parte de su petición –y no se había tenido en cuenta su reclamo para regularizar su situación–. Ante este escenario, decidió acudir ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Andalucía, que también denegó su solicitud.

Finalmente, el joven llevó su caso ante el Supremo e insistió en que la Administración había dictado un decreto de minoría de edad sin haberle regularizado, por lo que -a su juicio- "difícilmente podía hablarse de una satisfacción completa".

La Abogacía del Estado mostró su oposición al considerar que "nada hay que permita suponer que la Administración no ha respetado las normas sobre protección de menores".

La vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva del menor

Tras estudiar el caso, la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS ha determinado que no era posible acordar la pérdida sobrevenida de objeto del recurso porque, al hacer como se hizo, se vulneró el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva del menor.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE y Europa Press y de la que ha sido ponente el expresidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y del Supremo, Carlos Lesmes, la Sala de lo Contencioso Administrativo ha estimado el recurso de Malick Sall contra las resoluciones que rechazaron sus demandas tras quedar anulada la expulsión (con prohibición por tres años de entrar en España), decretada en 2018 por el Subdelegado del Gobierno en Granada.

En la resolución, el tribunal ha recordado que la Ley Orgánica sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros recoge "un haz de derechos que corresponden a los extranjeros menores de edad, con independencia de su situación regular o irregular en España", que "deben ser dotados de contenido por las autoridades públicas españolas".

En este sentido, los magistrados han incidido en que "la ausencia de autorización de residencia no impedirá el reconocimiento y disfrute de todos los derechos que le correspondan por su condición de menor".

La resolución llega cuando Malick Sall ya es mayor de edad

Así las cosas, el Supremo ha fijado que en este caso debió reconocerse el derecho del menor a "ser documentado, gestionándose su permiso de residencia y su permanencia en un centro de menores".

La resolución del alto tribunal, sin embargo, llega una vez que el demandante ya es mayor de edad, pero los magistrados han precisado que ello "no convierte en inútil" su pronunciamiento, dado que hay determinados beneficios o derechos reconocidos durante la minoría de edad que se proyectan hacia el futuro y dado que ha servido para fijar doctrina jurisprudencial.

Tags: JuzgadosMelillaMenores Extranjeros No Acompañados (MENA)

Related Posts

juzgado-penal-pasillo

Tres testigos ante el juez y unas calumnias sobreseídas

hace 2 horas
hachis-aparatos-ortopedicos

Del hachís en aparatos ortopédicos al coche-patera lleno de droga

hace 3 horas
condenado-subsahariano-ataco-guardia-civil-valla

Condenado el subsahariano que atacó a un guardia civil en la valla

hace 24 horas
ceuti-se-salva-cerco-judicial-clan-los-castana

El ceutí que se salva del cerco judicial al clan de los Castaña

hace 2 días
condenado-meses-prision-delitos-violencia-genero

Condenado a 33 meses de prisión por delitos de violencia de género

hace 3 días
Ingesa-hospital-salud (8)

La huelga médica pasa de largo en Ceuta con un seguimiento del 0%

hace 4 días

Comments 4

  1. Geeland Morant comentó:
    hace 2 años

    Un "Supremo" coladero cuando debería ser Marruecos el que los educara y mantuviera y no los obligara a huir a Europa por no ofrecerle un futuro en la dictadura islámica marroquí. Y los españoles a seguir pagando la millonada que cuestan todas estas políticas.

  2. Mi opinión comentó:
    hace 2 años

    Esta es la justicia que tenemos, que les dan mas privilegios a ,los extranjeros que a los propios nativos, a sin nos va. Y como decía mi abuela quien los pario que los tenga, al final Ceuta se convertirá en la guardería de Marruecos si ya no lo es

  3. 1q84 comentó:
    hace 2 años

    No sé porqué nadie se pregunta por la rectificación de la Fiscalía. Me llama enormemente la atención. Debería investigarse.

  4. CARLOS GAY comentó:
    hace 2 años

    BIEN COÑO BIEN

Lo más visto hoy

  • persecucion-guardia-civil-narcolancha-playa-llena-banistas-1

    Persecución de la Guardia Civil a una narcolancha en una playa llena de bañistas

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Una incidencia en las canalizaciones, causante del corte de luz

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • De La Meca a Ceuta, el regreso tras días de oración y esfuerzo

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Bañistas denuncian una "plaga de insectos" en la Ribera y el Chorrillo

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Vecinos de Ceuta en riesgo de baja definitiva del padrón por no acreditar residencia

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Grupo Faro
  • Publicidad
  • Contacto
  • Aviso legal – Protección de datos
  • Política de cookies
  • Política de privacidad
  • Política editorial
  • Términos de uso

Grupo Faro © 2023

No Result
View All Result
  • Sociedad
  • Sucesos
  • Frontera
  • Tribunales
  • Política
  • Cultura
  • Educación
  • Deportes
  • Marruecos
  • Opinión

Grupo Faro © 2023

No Result
View All Result
  • Sociedad
  • Sucesos
  • Frontera
  • Tribunales
  • Política
  • Cultura
  • Educación
  • Deportes
  • Marruecos
  • Opinión

Grupo Faro © 2023