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El SEPE avisa a las empleadas del hogar: nuevo trámite si se quedan en paro

Podrán entregar en persona el certificado de empresa requerido para empezar a cobrar el paro, un trámite que hasta ahora sólo podían hacer los empleadores

Por Isabel Jiménez
06/11/2023 - 21:18
evaluacion-riesgos-laborales-empleadas-hogar-empleadores-familias-saber
Imagen de archivo

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Las empleadas del hogar en Ceuta, colectivo que en su mayoría está compuesto por mujeres, ya no tienen que esperar a que su empleador remita por vía telemática a la Seguridad Social el certificado de empresa, trámite obligatorio a la hora de solicitar el paro.

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) avisa de esta novedad en su página web. "Ya no es necesario que el titular del hogar familiar remita el certificado de empresa por vía telemática", subraya el ente público, "pudiendo entregarlo en papel a la persona trabajadora de hogar para que pida su prestación" por desempleo.

De esta manera, las personas que hayan cesado como empleadas del hogar pueden pedir su prestación contributiva por desempleo presentando, junto con la solicitud, el certificado de empresa que le entregará su empleador en papel.

Además, este también podrá remitirlo al SEPE de manera electrónica a través de "certific@2", un servicio digital para realizar comunicaciones de datos sobre las personas trabajadoras a su cargo.

Las empleadas de hogar tienen derecho a paro cuando han cotizado por desempleo más de 360 días, como el resto de trabajadores. Una equiparación de derechos introducida por el Real Decreto-ley 16/2022 para la mejora de las condiciones de trabajo y Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar.

Un paso importante para estas trabajadoras

Hasta ahora y según recogía la norma, cuando se producía la extinción del contrato laboral con algún trabajador del servicio doméstico, eran los empleadores quienes debían notificarlo de acuerdo a un modelo que proporciona el Ministerio de Trabajo y Economía Social.

Un documento, llamado certificado de empresa, que emite el empleador con el que se acredita la situación legal de desempleo del trabajador y la causa de la misma, es decir, el motivo por el que ha cesado la relación laboral.

En este sentido, el SEPE, salvo que haga comprobaciones posteriores, considera que la razón por la que se ha terminado el contrato de trabajo es la que la empresa indica en el certificado.

¿Para qué sirve el certificado de empresa?

El certificado de empresa también sirve para calcular el importe de la prestación o subsidio por desempleo que cobrará el trabajador, ya que en el certificado se indican cuáles han sido las bases de cotización y con ellas se calcula el paro.

La importancia de este documento es indiscutible. Por eso, a partir de ahora, su notificación al SEPE ya no quedará en manos del empleador como hasta ahora ocurría, tal y como decía la norma.

Tags: Ayudas becas y subvencionesEmpleo y trabajoSeguridad SocialServicio Público de Empleo Estatal (SEPE)

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Comments 1

  1. Información completa comentó:
    hace 2 años

    Muy interesante la información, sólo que para haber sido completa, habría que haber comunicado que para tener derecho a la prestación hay que ser residente, por lo que las empleadas del hogar transfronterizas no podrán pedir dicha prestación

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