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Sanidad sanciona al dueño de un perro en Ceuta por "causar molestias"

Otra de las faltas cometidas fue permitir el acceso del animal a vías y espacios públicos sin ser conducido por una persona

La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Ciudad Autónoma de Ceuta ha emitido una notificación oficial en el Boletín Oficial del Estado (BOE), con fecha de 15 de febrero de 2026, relativa a la resolución de un expediente sancionador por el incumplimiento de las normativas locales sobre animales de compañía.

La publicación a la que se hace mención se hace tras la imposibilidad de realizar la notificación de forma presencial al interesado, garantizando así el cumplimiento de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común.

Detalles de la infracción

El caso específico se refiere a una sanción impuesta al titular de un perro cuyo propietario ha incurrido en infracciones leves tipificadas en el Reglamento 2/2015 de tenencia, protección y bienestar de animales de compañía de Ceuta.

Las faltas cometidas incluyen:

  • Artículo 48.4.2. Permitir que el animal cause molestias o incomodidad a las personas u otros animales.
  • Artículo 48.4.18. Permitir el acceso del animal a vías y espacios públicos sin ser conducido por una persona.

En el documento se recuerda que según el Código Civil, el poseedor de un animal es el responsable legal de los daños, perjuicios y molestias que este pueda ocasionar en el entorno urbano o natural.

Cuantía de la multa

De acuerdo con el régimen sancionador vigente, las infracciones leves pueden oscilar entre los 60 y los 750 euros. En esta resolución particular, se ha dictaminado una sanción de 120 euros.

Para regularizar esta situación, la administración ofrece diversas facilidades de pago:

  1. Presencialmente. En el servicio de caja de Servicios Tributarios de Ceuta (Edificio Ceuta Center).
  2. Transferencia Bancaria. A través de la cuenta habilitada en la entidad BBVA.
  3. Vía Telemática. Mediante el portal web oficial tributosceuta.org o la red de cajeros automáticos autorizados.

Recursos y derechos del ciudadano

Esta resolución pone fin a la vía administrativa, pero el interesado conserva el derecho a la defensa. Se puede interponer un recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó la resolución. Alternativamente, es posible acudir directamente a la vía judicial mediante un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de Ceuta en un plazo de dos meses.

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