La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Ciudad Autónoma de Ceuta ha emitido una notificación oficial en el Boletín Oficial del Estado (BOE), con fecha de 15 de febrero de 2026, relativa a la resolución de un expediente sancionador por el incumplimiento de las normativas locales sobre animales de compañía.
La publicación a la que se hace mención se hace tras la imposibilidad de realizar la notificación de forma presencial al interesado, garantizando así el cumplimiento de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común.
Detalles de la infracción
El caso específico se refiere a una sanción impuesta al titular de un perro cuyo propietario ha incurrido en infracciones leves tipificadas en el Reglamento 2/2015 de tenencia, protección y bienestar de animales de compañía de Ceuta.
Las faltas cometidas incluyen:
- Artículo 48.4.2. Permitir que el animal cause molestias o incomodidad a las personas u otros animales.
- Artículo 48.4.18. Permitir el acceso del animal a vías y espacios públicos sin ser conducido por una persona.
En el documento se recuerda que según el Código Civil, el poseedor de un animal es el responsable legal de los daños, perjuicios y molestias que este pueda ocasionar en el entorno urbano o natural.
Cuantía de la multa
De acuerdo con el régimen sancionador vigente, las infracciones leves pueden oscilar entre los 60 y los 750 euros. En esta resolución particular, se ha dictaminado una sanción de 120 euros.
Para regularizar esta situación, la administración ofrece diversas facilidades de pago:
- Presencialmente. En el servicio de caja de Servicios Tributarios de Ceuta (Edificio Ceuta Center).
- Transferencia Bancaria. A través de la cuenta habilitada en la entidad BBVA.
- Vía Telemática. Mediante el portal web oficial tributosceuta.org o la red de cajeros automáticos autorizados.
Recursos y derechos del ciudadano
Esta resolución pone fin a la vía administrativa, pero el interesado conserva el derecho a la defensa. Se puede interponer un recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó la resolución. Alternativamente, es posible acudir directamente a la vía judicial mediante un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de Ceuta en un plazo de dos meses.







La mezquitas son 5 minutos pisha,no te alteres con tanto racismo ,pero que cada vez hay más perros y menos niños es un problema, los que no comen jamón están teniendo 4 o 5 niños y los del otro bando perros y más perros, y más perros 🐕 al final dirán algunos que hay muchos más musulmanes
Los perros son mas civilizados que los humanos pero con diferencia, y a esos que dicen que les molesta los ladridos de un perro, pero no les molesta el canto de las mezquitas a las 5.30 de la madrugada. Desde luego Ceuta ciudad de las NO cuatro culturas
No molestan los perros,molestan los humanos
Esto es una lacra en Ceuta han abandonado la natalidad por los animales para buscar que no podamos vivir dignamente en nuestras viviendas y en la calle donde los ladridos, los pipis, las cacas y etc.etc anden como le dan la gana.
Últimamente, se ve un montón de perros sueltos con sus dueños por el paseo de la Marina, sobre las 9:00 de la noche! Los dejan que se vayan meando, por todos sitios! Vaya tela!
A mí me molesta más los perros de dos patas que mean en cualquier rincón cuando están de marcha. Cada vez tenemos la piel más fina los caballas....