La edición del Boletín Oficial del Estado (BOE) de este miércoles 14 de enero de 2026 contiene el anuncio de notificación de un expediente sancionador por el incumplimiento del Reglamento de tenencia, protección y bienestar de animales de compañía de la Ciudad de Ceuta, así como de la Ley 50/1999 sobre el Régimen Jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
Los interesados pueden acceder al documento completo del BOE AQUÍ.
En concreto, se hace alusión a la resolución de Nabila Benzina Pavón, consejera de Sanidad y Servicios Sociales del Gobierno de Ceuta, para sancionar al propietario de un animal por una infracción grave del artículo 48.3.1 del Reglamento 2/2015, al no realizar las vacunaciones obligatorias al animal.
Monto total de la multa: 3.155,06 euros
Adicionalmente, se hace referencia la comisión de una infracción muy grave de la Ley 50/1999 por no disponer de licencia para la tenencia de perro potencialmente peligroso (PPP). Por estos incumplimientos, el importe total de la multa establecida es de 3.155,06 euros.
“El importe de la sanción podrá ser ingresado en el servicio de caja de Servicios Tributarios de Ceuta (Edificio Ceuta Center) o telemáticamente a través de la web tributosceuta.org”, se traslada como parte de las instrucciones a la persona sancionada.
Expediente que data de octubre del año pasado
En el documento publicado en el BOE se explica que el expediente se incoó el pasado 8 de octubre. Al no existir alegaciones ni pruebas que desvirtúen los hechos, se ha procedido a la sanción definitiva.
Cabe recordar que el Reglamento 2/2015 de Ceuta califica como infracción grave la falta de vacunas obligatorias, con multas de hasta 1.499 euros. Por su parte, la Ley 50/1999 sanciona la falta de licencia para animales potencialmente peligrosos con multas que pueden alcanzar los 15.025,30 euros en sus tramos más altos.







Venga a poner multas. Este ayuntamiento se esta forrando con poner multas. Y a ellos quien se las ponen ?