La Ciudad Autónoma de Ceuta ha iniciado oficialmente el procedimiento para rescindir el contrato de alquiler de varios locales municipales situados en la calle Transversal Soldado Valle de Almazán s/n, debido a una deuda acumulada por impagos que supera los 275.000 euros. Así consta en el anuncio publicado este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
El proceso se activa tras un decreto firmado por el consejero de Fomento, Medio Ambiente y Servicios Urbanos, Alejandro Ramírez Hurtado, el pasado 30 de mayo de 2025, y está dirigido contra el actual titular del contrato. La notificación se ha tenido que realizar mediante publicación oficial, al no haberse podido practicar la comunicación directa al interesado.
Contratos antiguos y situación actual
Según detalla el expediente, los contratos de arrendamiento de los locales se firmaron originalmente entre el arrendatario actual y el anterior propietario de la finca en diversas fechas: 24 de septiembre de 1987, 1 de enero de 1989 y 1 de enero de 1991. Los locales han estado dedicados a actividades comerciales como taller de chapistería y reparación de vehículos.
Posteriormente, la Ciudad Autónoma de Ceuta adquirió el terreno y los locales mediante una escritura de compraventa fechada el 13 de febrero de 2003, lo que la convirtió en titular de la propiedad y subrogada en los derechos y obligaciones de los contratos de arrendamiento vigentes.
Una deuda que supera los 275.000 euros
El procedimiento de rescisión se basa en el incumplimiento contractual por parte del arrendatario, concretamente por el impago de las rentas. Según el certificado emitido por el OASTCE (Servicios Tributarios de la Ciudad Autónoma), la deuda acumulada asciende a 275.780,72 euros a fecha de 29 de mayo de 2025.
Esta falta de pago constituye, conforme a la legislación vigente, causa suficiente para la resolución del contrato. Así lo recoge el artículo 35 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (Ley 29/1994), que permite al arrendador resolver el contrato de pleno derecho en caso de falta de pago de la renta, entre otras causas.
El expediente señala que los contratos de alquiler están actualmente en situación de tácita reconducción, lo que significa que, aunque hayan vencido formalmente, se prorrogan de manera automática bajo las condiciones legales establecidas, salvo requerimiento expreso o resolución formal.
Diez días para alegaciones
Con la publicación del anuncio en el BOE, se abre ahora un plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente a la notificación para que el interesado pueda formular alegaciones, aportar documentación o justificar su posición en defensa de sus derechos.
Durante este periodo, el expediente completo estará a disposición del afectado en la Unidad de Patrimonio de la Consejería de Fomento, Medio Ambiente y Servicios Urbanos, para su consulta y para que pueda preparar su respuesta.
Contexto legal
El proceso sigue lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que permite notificar por medios oficiales en caso de que no sea posible realizar la comunicación directa.
En este caso, se considera que el arrendador (la Ciudad Autónoma) tiene derecho a resolver los contratos debido al impago reiterado de las rentas. De confirmarse la resolución tras el periodo de alegaciones, el arrendatario perdería el derecho de uso de los locales en cuestión.
Procedimiento abierto
Con esta medida, el Gobierno local busca garantizar tanto la protección de los intereses públicos como la correcta gestión de los inmuebles municipales, y enviar un mensaje claro sobre la importancia de cumplir con las obligaciones contractuales.
De forma paralela, Fomento expuso recientemente en Pleno que tras barajar varias posibilidades y ver la mejor opción desde el punto de vista técnico, resolvió ubicar más estacionamientos para vehículos en la calle Soldado Valle Almazán, en una zona que está próxima al cementerio y cerca de la mezquita.
El proceso continuará en las próximas semanas, una vez se reciban —o no— las alegaciones del interesado. A partir de ahí, se dictará la resolución definitiva que determinará el futuro de estos contratos de arrendamiento.