Si bien el juicio se resolvió por la vía penal, se celebró para dirimir quién se hace cargo de la responsabilidad civil y en qué cantidad
Un joven natural de Ceuta fue condenado ayer en la sala de lo Penal número Uno tras mostrar conformidad con la pena que para él solicitaba el Ministerio Fiscal en base a la comisión de dos delitos, uno de lesiones imprudentes y otro de receptación, y una falta de desobediencia.
Queda por tanto corroborado que el joven era el conductor de una moto marca Yamaha y de 500 centímetros cúbicos que a las 19:00 horas del 16 de abril de 2012 atropelló a un agente de la Guardia Civil que se encontraba de servicio en un control de tráfico instalado en la Carretera de Servicio y que previamente le había dado el alto. Fruto del impacto, el agente sufrió lesiones consistentes, entre otras, en fracturas de tres costillas, rotura parcial del cuádriceps interno o rotura de un dedo para cuya recuperación precisó de un arduo tratamiento de 352 días.
En este punto es preciso señalar que si bien el autor de los hechos fue ayer condenado, tal y como ha quedado citado, en la vía penal, la vista se celebró para dirimir quién ha de hacerse cargo de la responsabilidad civil y en qué cuantía.
Al término de esta parte, tanto Ministerio Fiscal, Defensa y Acusación Particular elevaron una alocución en pro de que sea el Consorcio de Compensación de Seguros el que se haga cargo de la responsabilidad civil, tasada por las partes referidas en 30.000 euros en base al largo tiempo que tardó en sanar el agente herido así como a todos los gastos que tuvo que afrontar.
Por su parte, el letrado que defendió los intereses del Consorcio de Compensación de Seguros indicó que "al no haber un acontecimiento deliberado, la responsabilidad civil se ha de afrontar de manera conjunta y solidaria, y por tanto en ningún caso ha de cargarse a esta parte".
Por último, y de regreso a la condena penal, es preciso señalar que se le impuso las siguientes penas: por el delito de lesiones imprudentes tres meses de prisión; por el delito de receptación, medio año más de cárcel; y por la falta el pago de una multa de 180 euros. No ingresará en prisión.






