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Supresión de los desnudos integrales para determinar la minoría de edad

El Consejo de Ministros ha aprobado las reglas del procedimiento judicial para personas sin documentación, un mecanismo que considera más garantista

por EFE
12/04/22 - 10:00 CEST
inmigrantes-mena-puerto-20
Imagen de archivo

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El Consejo de Ministros ha aprobado este martes las reglas del procedimiento judicial para determinar la mayoría o la minoría de edad de una persona sin documentación, un mecanismo con más garantías que el vigente que busca proteger los derechos de la infancia y cumplir las recomendaciones de organismos nacionales e internacionales. Este nuevo procedimiento de determinación de la edad se empleará, entre otros colectivos, con los menores extranjeros no acompañados (MENA) que se encuentran en Ceuta.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la ministra de Justicia, Pilar Llop, ha explicado que el proyecto elimina todas las pruebas "atentatorias" contra la dignidad de los menores. En este sentido, ha subrayado que no se permitirá el desnudo integral o las inspecciones ginecológicas.








El anteproyecto de ley por el que se regula el procedimiento de evaluación de la edad, presentado por el Ministerio de Justicia, establece que será una autoridad judicial quien determine la edad, en un plazo máximo de 25 días y sin someter a la persona a desnudos integrales o pruebas degradantes.

"Damos un gran salto hacia adelante para garantizar los derechos y la dignidad de cualquier joven que llegue a nuestro país con o sin documentación, porque con esta ley van a acabarse todas las pruebas invasivas para determinar la edad, con un procedimiento más ágil, más garantista y escuchando siempre a los menores", ha destacado en rueda de prensa la ministra de Justicia.

Solo en 2020 se incoaron casi 5.000 diligencias preprocesales para determinar la edad, un procedimiento de carácter administrativo que lleva a cabo la Fiscalía y que se cierra con un decreto.

Ahora será un procedimiento judicial que acabará con una sentencia susceptible de recurso de apelación. La sentencia firme que determine la minoría de edad se inscribirá en el Registro Civil, fijará la fecha en la que la persona alcanzará la mayoría de edad y tendrá efectos plenos en el ámbito público y privado.

Cumple con las recomendaciones de las ONG, el Defensor del Pueblo, la Fiscalía...

La norma, ha recordado Llop, cumple con las recomendaciones que desde hace años hacían oenegés y organismos de toda índole, del Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas, el Defensor del Pueblo, el Tribunal Supremo, la Fiscalía General del Estado o el Comité Económico y Social Europeo (CESE).

Además, cumple el mandato de la Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, que dio doce meses al Gobierno para diseñar este proceso.

Esa ley, aprobada en 2021, ya dejó claro que las pruebas médicas para determinar la edad de los menores deben hacerse con celeridad, con consentimiento informado del afectado y con respeto a su dignidad, por lo que quedaron prohibidos los desnudos integrales, las exploraciones genitales y otros exámenes especialmente invasivos.

El anteproyecto diseñado ahora por Justicia vuelve a poner en primer lugar el interés superior del menor, la presunción de minoría de edad y el carácter urgente del procedimiento.

Se recoge también el derecho de la persona afectada a ser escuchada e informada y, en caso de necesidad, asistida por un intérprete; y su derecho a la asistencia jurídica gratuita sin necesidad de acreditar que carece de recursos.

Según el anteproyecto, los órganos que tienen competencias para solicitar esta evaluación son el Ministerio Fiscal, las entidades públicas de protección a la infancia y a la adolescencia y el propio interesado, asistido de su representante legal o defensor judicial si existiera conflicto de intereses con su defensa jurídica.

La norma obliga a reformar hasta cinco leyes: la de asistencia jurídica gratuita, enjuiciamiento criminal, la ley del Registro Civil, la ley orgánica de protección jurídica del menor y la de extranjería.

Fuentes del Ministerio de Derechos Sociales han considerado que la norma supone un "gran avance" al dar un "enfoque holístico" a las pruebas que se realizarán a la persona afectada, siempre con su previo consentimiento y garantizando que es escuchada a lo largo de todo el proceso.

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