EFE
Es la máxima pena privativa de libertad en vigor desde el año 2015 y se aplica solo en determinados delitos. En Ceuta, ha sido solicitada en 2 ocasiones. Una de ellas, en el caso del niño Mohamed, asesinado en Loma Colmenar en diciembre de 2022.
A ella podrían enfrentarse los padres investigados por la muerte de su bebé tras una violenta pelea en su vivienda de Alférez Provisional en la que incluyeron al recién nacido.
Ahora cumplen prisión preventiva después de que la titular del Juzgado de Instrucción número 2 contemplara la existencia de indicios suficientes como para tomar esta decisión, la más gravosa de todas que, en cambio, no se aplicó en el caso del tío del bebé, que fue quien llamó al 112 para alertar de lo ocurrido.
La prisión permanente revisable exige unos requisitos que, hasta lo que se conoce, se cumplen en este caso en el que se investiga un delito de asesinato con la agravante de parentesco, cuya víctima además es menor de 16 años.
En el caso de este tipo de penas la clave es que se someten a revisión. Así, tras el cumplimiento de una parte relevante, un tribunal puede revisar la situación personal de los acusados.
En la historia judicial de Ceuta, solo ha habido 2 ocasiones en las que el Ministerio Público consideró que podían darse todas las características para ello. Además del caso del niño Mohamed, también la pidió en su calificación inicial para los implicados en el crimen del cabo Dris Amar, ya condenados.
En este suceso, la muerte del bebé se produjo en un escenario marcado por la violencia y el nulo respeto a unos mínimos valores de convivencia y respeto.
Los padres se insultaron y se golpearon entre sí. En la vivienda, la Policía Nacional pudo comprobar, durante la inspección ocular practicada por especialistas de la Científica, la existencia de importantes daños físicos en el mobiliario del hogar y en unas puertas que estaban rotas.
Hubo varias peleas y enfrentamientos entre ambos durante toda la jornada del domingo, y en una de ellas, acontecida a primera hora de la tarde, la madre del niño llegó a hacer partícipe a una conocida de todo lo que estaba pasando.
Toda esa información obra en un procedimiento que está en fase de instrucción, por lo que hay aspectos sobre los que se debe seguir guardando cierta privacidad.
La muerte del pequeño fue violenta y de probable etiología médico legal homicida, producida tras un traumatismo craneal.
En su informe preliminar, deja claro que el bebé fue agarrado por una persona adulta, y que las lesiones no fueron producidas por caída sino por golpes contra una superficie.
La pareja, considera su señoría, forcejeó violentamente con el menor golpeándolo y causándole la muerte.
La clave radica en que las lesiones fueran provocadas por un adulto es muy significativa sobre todo para el camino que ha ido siguiendo la instrucción de este caso a pesar de los intentos por contaminarla.
Todo lo que rodea a este caso hace concluir la existencia de un riesgo de sustracción a la acción de la justicia, es decir, de fuga, lo que ha hecho que la titular del número 2, a petición además de la Fiscalía, adoptara la medida más gravosa de todas como es la que conlleva la privación de la libertad.
Quedan importantes diligencias por practicar todavía, por lo que se quiere evitar que puedan producirse injerencias en una investigación que debe agotarse, siempre rodeada por el mayor celo profesional que exige este tipo de hechos.
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