Faltando pocos días para finalizar septiembre, se acerca aún más el cobro de las pensiones, también para los vecinos de Ceuta, recordando que va a depender de cada entidad bancaria el día exacto para el ingreso del beneficio.
De acuerdo con la información que se maneja, las fechas en las que cada banco emitirá la orden para proceder al abono de la pensión son las siguientes:
El primero será el Banco Santander este miércoles 24 de septiembre, misma fecha en la que lo hará CaixaBank.
El segundo lugar están BBVA y Unicaja que lo harán el jueves 25 de septiembre, aunque en principio se había señalado que este último lo haría a partir del día 23.
Sabadell también lo hará el jueves 25 de septiembre, al igual que Cajamar, tal y como se había anunciado a principios de este mismo mes.
¿Qué hacer cuando no se recibe la pensión a tiempo?
Además de tener en cuenta las fechas de desembolso, también es fundamental que los pensionistas sepan qué hacer en caso de no haber recibido la pensión en la fecha prevista.
Cuando esto ocurra es fundamental conocer los pasos que hay que seguir para solucionar el inconveniente lo más pronto posible.
Lo primero que hay que hacer es ponerse en contacto con su entidad bancaria para verificar si se trata de un retraso técnico o administrativo.
En el momento en el que el banco confirme que no ha recibido la orden de pago, deberá presentar una reclamación ante la Seguridad Social. Este trámite se puede realizar a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, en la sección de "Sugerencias y quejas".
Cabe recordar que los retrasos en el cobro de pensiones son poco frecuentes. Sin embargo, estar al tanto de las fechas previstas y los pasos a seguir en caso de incidencia puede brindar mayor tranquilidad a los beneficiarios.
¿Cómo se pagan las pensiones?
Hay que recordar que la Seguridad Social establece que las pensiones deben abonarse a mes vencido, es decir, entre el 1 y el 4 del mes siguiente. Esta normativa asegura que, como máximo, el dinero llegue al beneficiario antes de que finalice el cuarto día natural del mes posterior al que corresponde la prestación.
Sin embargo, la mayoría de los bancos adelantan el pago. Esto es posible gracias a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), que gestiona una cuenta única centralizada donde se identifica a los beneficiarios de estas prestaciones, así como las cuantías exactas de cada una de las pensiones establecidas.
Esta información permite a las entidades bancarias adelantar el dinero, aunque la fecha oficial de pago siga siendo la estipulada por la Seguridad Social en sus reglamentos respecto al tema.
Mensualidades ordinarias y pagas extraordinarias
Por otra parte, también es importante recordar que “las pensiones de cualquiera de los regímenes que integran el sistema de la Seguridad Social se abonan en 14 pagas, una por cada uno de los meses del año más dos pagas extraordinarias que se ingresan en los meses de junio y noviembre junto a la nómina de la pensión correspondiente a estos meses”.
Sobre las mensualidades ordinarias, se explica que se abonan íntegras, incluida la correspondiente al mes en que se produzca la extinción del derecho, salvo la pensión inicial que, si no se devenga el día primero del mes, se abonará en proporción a los días naturales que tenga el mes de efectividad de la pensión.
Mientras que las mensualidades o pagas extraordinarias, “en los supuestos de períodos completos de devengo, se abonan por un importe, cada una de ellas, igual a la cuantía de la mensualidad ordinaria correspondiente a dichos meses. Será suficiente un día de abono de la pensión para el cómputo de la sexta parte íntegra de la paga extraordinaria correspondiente”.






