La jueza le ha condenado por un delito de daños y por una falta de maltrato al conductor del servicio público. La declaración de este último fue fundamental.
La magistrada del juzgado de lo Penal número uno ha dictado sentencia condenatoria contra un hombre acusado de cometer un delito de daños y una falta de maltrato al romper la luna delantera de un autobús de línea e intentar agredir a su conductor. La pena que se le ha impuesto consiste en una multa de 540 euros por el delito, otra de 30 euros por la falta y 1.273,60 euros como indemnización para la empresa.
Los hechos por los que ha sido condenado ocurrieron el pasado 6 de marzo sobre las 19.00 horas. Según la versión del denunciante en el juicio, se encontraba conduciendo un autobús por la zona de la Almadraba en dirección a la frontera cuando se tuvo que parar en un paso de peatones para dejar pasar a una mujer. Cuando todavía se encontraba parado y un coche que estaba detrás rebasó la línea continua, se puso a su altura y comenzó a recriminarle que no hubiera indicado su parada, aunque el conductor justificó que no debía indicar cuando se para en un paso de peatones. Según contó a preguntas de las partes, el otro coche continuó a su lado, invadiendo el carril contrario durante aproximadamente 150 metros, cuando se le cruzó para subir hacia el hospital. La sorpresa para el conductor del transporte público llegó cuando se encontraba parado recogiendo gente en la frontera y vio llegar el otro coche y cómo su conductor se bajaba dirigiéndose al autobús. Supuestamente, el hombre entró en el vehículo con la intención de seguir recriminando cosas al conductor, quien ayudado por un viajero logró echarlo del autobús. Según dijo, en ese momento el hombre fue a su coche, sacó un palo de grandes dimensiones y, cuando el autobús comenzó a andar lo golpeó rompiendo la luna delantera por la parte derecha. No contento con eso, el conductor dijo que el acusado comenzó a perseguirle, momento en el que avisó a la Policía, a la vez que en la parada de Miramar volvió a intentar entrar en el autobús, aunque él no le abrió la puerta.
Por su parte, el acusado reconoció haber recriminado al conductor del autobús la parada e incluso haber ido hasta la frontera, pero negó que pasara alguna persona por el paso de peatones e incluso aseguró que fue el denunciante quien le intentó intimidar impidiéndole avanzar. Además, según su versión, el conductor y el otro hombre le golpearon cuando se subieron en el autobús y, para justificarlo, presentó un parte forense en el que constaba una fuerte contusión en el costado izquierdo y erosiones en los brazos. Asimismo, el hombre explicó que la rotura de la luna la produjo el propio conductor cuando lo apartó a patadas del vehículo del transporte público. El acusado sostuvo, además, que en ningún momento pisó el interior del autobús y que fue el conductor el que le increpó a él, y no al revés.
En el acto del juicio participó también el médico forense que reconoció al acusado. Según dijo, presentaba una contusión de intensidad media en el costado izquierdo que se pudo haber producido al golpearse o ser golpeado por algún tipo de objeto, tanto animado como inanimado, dejando la puerta abierta a la posibilidad de una patada, que planteaba la defensa, y a un golpe con una de las barras del autobús en el forcejeo al ser expulsado del mismo, como sostenía la acusación.
La magistrada se ha basado fundamentalmente en la declaración del conductor entendiendo que cumplía gozaba de toda credibilidad. La jueza asegura que el testimonio prestado por ese testigo cumple todos los requisitos para que se puedan considerar los hechos como probados al tener un relato persistente y firme.