Ceuta ha decretado el archivo de más de 180 expedientes sancionadores por infracciones relacionadas con las restricciones impuestas durante la pandemia de COVID-19.
La medida, publicada este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE), responde a dos motivos principales: por un lado, la prescripción o caducidad de los procedimientos administrativos, y por otro, la anulación derivada de la Sentencia del Tribunal Constitucional 183/2021, que declaró inconstitucionales algunas medidas del segundo estado de alarma.
Las multas, tramitadas entre los años 2020 y 2022, se referían a infracciones leves de la Ley 33/2011 General de Salud Pública. Las sanciones afectaban a ciudadanos que presuntamente vulneraron normas como el uso obligatorio de mascarillas, el mantenimiento de la distancia social, el toque de queda o limitaciones de movilidad durante las fases más restrictivas de la emergencia sanitaria.
Archivos por prescripción: el tiempo agotó los expedientes
En uno de los decretos firmados por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Ciudad Autónoma de Ceuta, se justifica el sobreseimiento de numerosos expedientes por haber transcurrido el plazo legal de un año sin haberse dictado resolución expresa.
Según el artículo 59.1 de la Ley 33/2011, las infracciones leves prescriben al año, y en este caso, se trata de procedimientos abiertos durante la primera y segunda ola de la pandemia, que no pudieron resolverse a tiempo debido al colapso administrativo generado por el volumen de denuncias.
Esta resolución afecta a más de 160 personas cuyos datos aparecen cifrados en el BOE con número de expediente y documento nacional de identidad parcialmente oculto.
La administración ceutí, tal como indica la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común, está obligada a cerrar formalmente todos los procesos, incluso cuando se trate de prescripciones.
Puede consultar el listado publicado en el BOE aquí.
El Constitucional invalida sanciones por el toque de queda
El segundo listado publicado también recoge el archivo de expedientes motivado por una razón legal distinta: la Sentencia 183/2021 del Tribunal Constitucional. En ella, el alto tribunal declaró inconstitucional el artículo 5 del Real Decreto 926/2020, por el que se declaró el estado de alarma durante la segunda ola del coronavirus.
Dicho artículo regulaba el confinamiento nocturno, es decir, el toque de queda, lo que implica que las sanciones impuestas por salir de casa en horario restringido carecen de validez jurídica.
En virtud de esta sentencia, la Ciudad Autónoma de Ceuta procede a archivar de forma definitiva otra serie de procedimientos sancionadores abiertos a ciudadanos que fueron denunciados por las fuerzas y cuerpos de seguridad por estar en la calle durante horas prohibidas.
La resolución, firmada también por la consejera Nabila Benzina Pavón, se apoya en la nulidad constitucional para justificar el archivo, dando así cumplimiento a las obligaciones legales de la administración.
Puede consultar el listado publicado en el BOE aquí.
Más de 180 expedientes y posibilidad de recurso
Ambos decretos publicados este jueves contemplan más de 180 expedientes. Los afectados pueden consultar su situación a través de los identificadores del BOE, aunque la publicación sustituye a la notificación individual conforme al artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, al tratarse de una pluralidad de interesados.
Las resoluciones agotan la vía administrativa, pero los ciudadanos tienen la posibilidad de presentar recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de Ceuta en un plazo de dos meses.
Ceuta cumple con la legalidad y cierra una etapa de la pandemia
Con esta actuación, la Ciudad Autónoma de Ceuta da por concluidos oficialmente decenas de procedimientos derivados de la gestión de la pandemia. El colapso de expedientes y las decisiones judiciales posteriores obligan a muchas administraciones a revisar sus sanciones, y Ceuta, en este caso, actúa conforme a derecho, cumpliendo además su Estatuto de Autonomía que le otorga competencias plenas en materia de salud pública, inspección y sanción.