• Contacto
  • Horarios de Barcos by Kikoto
  • Vuelos
  • Sorteo Cruz Roja
  • COPE Ceuta
  • Portal del suscriptor
miércoles 21 de octubre de 2026   
El Faro de Ceuta
  • Sociedad
  • Sucesos
  • Frontera
  • Justicia
  • Política
  • Cultura
  • Educación
  • Deportes
  • Marruecos
  • Opinión
Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Sociedad
  • Sucesos
  • Frontera
  • Justicia
  • Política
  • Cultura
  • Educación
  • Deportes
  • Marruecos
  • Opinión
Sin resultados
Ver todos los resultados
El Faro de Ceuta
Sin resultados
Ver todos los resultados

Multa de 7.500 euros a empresas que llamen a trabajadores de vacaciones

Son muchos los empleados que siguen recibiendo llamadas o correo electrónicos fuera de su jornada laboral | Una práctica que vulnera el derecho a la desconexión digital

Por Isabel Jiménez
16/07/2024 - 18:53
multa-empresas-llamen-trabajadores-vacaciones

EFE

Compartir en WhatsappCompartir en Facebook

El verano supone vacaciones para miles de trabajadores en Ceuta, quienes pasan unos días de asueto en la península, Marruecos o simplemente disfrutan de la ciudad. Pero, sobre todo, desconectan de sus labor profesional. Sin embargo, existen empresas que no respetan el descanso de sus empleados.

A pesar de que permanecen de permiso, hay trabajadores que siguen recibiendo llamadas o correos electrónicos fuera de su jornada laboral.

Este hábito infringe el derecho a la desconexión digital, establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

El derecho a la desconexión digital

En concreto, el artículo 88, que regula este principio en el ámbito laboral, establece:

"Los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar".

La normativa también recoge que las modalidades de ejercicio de este derecho "atenderán a la naturaleza y objeto de la relación laboral, potenciarán el derecho a la conciliación de la actividad laboral y la vida personal y familiar y se sujetarán a lo establecido en la negociación colectiva o, en su defecto, a lo acordado entre la empresa y los representantes de los trabajadores".

Asimismo, la ley solicita a las empresas desarrollar una política interna dirigida a todos los trabajadores donde se definan "las modalidades de ejercicio del derecho a la desconexión", además de otras acciones o medidas centradas en la concienciación "sobre un uso razonable de las herramientas tecnológicas", para prevenir la fatiga informática.

La normativa pone especial atención en los trabajadores que teletrabajan total o parcialmente. Por lo tanto, no están obligados a responder a estas llamadas una vez iniciado su periodo vacacional y no pueden ser sancionados por sus empresas por seguir esta práctica.

Multas que pueden superar los 7.501 euros

Las empresas que incumplan esta normativa pueden ser sancionadas de acuerdo con el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

Si la empresa vulnera la intimidad o dignidad del empleado, podría enfrentarse a multas que superan los 7.501 euros.

Las sanciones varían según la gravedad de la infracción. Las graves con multa, en su grado mínimo, de 751 a 1.500 euros, en su grado medio de 1.501 a 3.750 euros; y en su grado máximo de 3.751 a 7.500 euros.

Las infracciones no podrán ser objeto de sanción sin previa instrucción del oportuno expediente, de conformidad con el procedimiento administrativo especial en esta materia, a propuesta de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, sin perjuicio de las responsabilidades de otro orden que puedan concurrir

Etiquetas: EconomíaEmpleo y trabajoEmpresasTecnología

Contenido relacionado

Semana de la Arquitectura: La Inteligencia Artificial como aliada pero no como sustituta de la creatividad

Semana de la Arquitectura: La Inteligencia Artificial como aliada pero no como sustituta de la creatividad

hace 6 horas
Luz verde a ampliar el plazo para pagar el IPSI del tercer y cuarto trimestre

MDyC acusa a Hacienda de avisar tarde del aplazamiento del IPSI: “La mayoría ya han pagado”

hace 10 horas
Todo lo que debe saber sobre la obra de Hadú: plazos y asfaltado

Todo lo que debe saber sobre la obra de Hadú: plazos y asfaltado

hace 11 horas
Lorenzo Amor, presidente de ATA: "Con 5.000 euros a un autónomo de Ceuta se le ayuda realmente poco"

Lorenzo Amor, presidente de ATA: "Con 5.000 euros a un autónomo de Ceuta se le ayuda realmente poco"

hace 19 horas
Alberto Nadal: "España tiene que volcarse con Ceuta y Feijóo lo hará en sus primeros Presupuestos"

Alberto Nadal: "España tiene que volcarse con Ceuta y Feijóo lo hará en sus primeros Presupuestos"

hace 3 días
¿Qué pasará con las pensiones en diciembre y qué días se define su subida?

¿Qué pasará con las pensiones en diciembre y qué días se define su subida?

hace 3 días

Comentarios 1

  1. ........ comentó:
    hace 2 años

    Me parece perfecto ?pero tras leer literalmente el art.88 habla de empleados públicos y trabajadores...."
    .......Que las empresas no pueden llamar..... luego se entiende que cuando habla de trabajadores, se refiere a cuenta ajena, a los autónomos los pueden llamar a cualquier hora,aunque seamos trabajadores, increíble la indefension jurídica de este país a este colectivo en todas las parcelas.
    Y ahora soltaran el comentario fácil "es que tu eres tu propio jefe...... "; maldita ignorancia.....

  • Grupo Faro
  • Publicidad
  • Contacto
  • Aviso legal – Protección de datos
  • Política de cookies
  • Política de privacidad
  • Política editorial
  • Términos de uso

Grupo Faro © 2026

Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Sociedad
  • Sucesos
  • Frontera
  • Justicia
  • Política
  • Cultura
  • Educación
  • Deportes
  • Marruecos
  • Opinión
  • Horarios de barcos by Kikoto

Grupo Faro © 2026