La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta condenó al llamado Y.A.A. por dos delitos: resistencia y leve de amenazas.
El acusado reconoció los hechos y aceptó la pena de 10 meses de multa a razón de 5 euros diarios por el delito de resistencia, así como otra multa de 30 meses con una cuota diaria de 5 euros por el leve de amenazas.
Los hechos a los que se hizo referencia en esta conformidad ocurrieron el 17 de julio del año pasado. El acusado, sobre las 08:30 horas, se hallaba en el Centro Penitenciario de Mendizábal cuando, con ánimo de menoscabar el principio de autoridad que representan los funcionarios de prisiones, incumplió las órdenes remitidas por los funcionarios de prisiones, debidamente uniformados y en el ejercicio de sus funciones, relativas a la salida de la celda para bajar al desayuno.
El acusado salió corriendo de la celda y le dijo al funcionario de prisiones “no voy a bajar, va a tener que venir el jefe de servicios a esposarme”.
“Te lo digo a ti, soy preventivo y te voy a coger fuera y te voy a cortar el cuello". Ante la orden del jefe de servicios de que el acusado sea trasladado al módulo de ingresos, éste se negó a salir de su celda, resistiéndose a dicho traslado.
El ahora condenado vino conducido desde la prisión, lugar en el que se encuentra por otros delitos. Ya que cuenta con antecedentes penales computables a efectos de reincidencia al haber sido condenado ejecutoriamente, entre otras, en virtud de sentencia de 23/02/2017, firme el mismo día, del Juzgado de Primera Instancia e instrucción número 3 de Ceuta a la pena de 4 meses de multa con cuota diaria de 5 euros, pena sustituida por 2 meses de responsabilidad personal subsidiaria y cumplida el 11/08/2021 por un delito de resistencia o desobediencia a autoridad, agentes o personal de seguridad privada.