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Condenan a Mahersa al no garantizar la vigilancia en un barco en el puerto deportivo

El juzgado da la razón al dueño de una embarcación y condena a la empresa a pagar el valor de los objetos robados

No es la primera vez que los juzgados de Ceuta reciben la encomienda de tirarle, de alguna manera, de las orejas a la empresa Marina Hércules, atendiendo las demandas presentadas por aquellas personas que ven sus derechos atacados por la entidad titular en régimen de concesión demanial de las instalaciones del puerto deportivo. De acuerdo con el pliego de cláusulas de explotación, Mahersa está obligada a prestar los servicios de amarre y desamarre de embarcaciones, incendios, vigilancia, seguridad y protección civil a todos los dueños de embarcaciones que abonan un canon, una especie de alquiler que debería garantizarles no solo que su embarcación está en buenas condiciones de control sino que no sufrirá percance alguno en materia de seguridad. Así lo creía uno de estos usuarios que sufrió un robo en su embarcación en julio de 2018 y ha tenido que acudir a los tribunales para que estos condenen a Mahersa a abonar el dinero de las pertenencias robadas por no haber efectuado el servicio de vigilancia por el que sí cobra. En el caso de esta persona, sus intereses han estado defendidos por el Bufete de abogados Cabillas, Duarte y Ruiz.

El demandante argumentó que no se habría producido el robo de material en su barco si se hubiera prestado el servicio de vigilancia adecuadamente, indicando que con anterioridad se habían producido más robos celebrándose juicios que dieron la razón a los perjudicados en distintas instancias judiciales. Por su parte, la empresa indicó que no podía responder de la integridad de las embarcaciones y de los daños ocurridos en estas por deficiencias de las mismas o falta de cuidado de sus propietarios. Sostenía que el perjudicado no podía concretar el día y hora del robo y deslizaba que el mismo pudo cometerse por su negligencia al dejar los ob

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 ha fallado a favor del perjudicado. En sentencia a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro de Ceuta condena a Mahersa a abonar casi 6.000 euros, que es el valor que se ha estimado tenían los objetos robados aunque el perjudicado los había valorado en unos dos mil euros más. Estima parcialmente la demanda en sentencia contra la que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta, cuyo tribunal ya ha dictado condenas por los mismos hechos o similares.

En el razonamiento judicial se deja constancia de la responsabilidad que tiene Mahersa respecto de los arrendatarios del servicio que presta en el puerto deportivo, al que tienen que recurrir sí o sí los dueños de embarcaciones en Ceuta ya que no hay otro lugar más en el que poder recibir las prestaciones. Aunque la entidad cambió el término vigilancia por el de control buscando evitar la responsabilidad en los robos producidos ciñéndola solo a los supuestos de negligencia grave y exigiendo a los perjudicados que los probaran, en sentencia se alude al deber que tiene la concesionaria de garantizar que los dueños de embarcaciones no sufran robos y recalca que "ha de prestar servicios obligatorios según contrato firmado al tiempo de haber recibido la concesión, entre los que se incluía el de la vigilancia". Denuncia la autoridad judicial que contra lo expuesto en el pliego de condiciones, “luego, de forma abusiva, cuando concierta contrato con los clientes particulares” se busca por parte de Mahersa “desprenderse de la obligación pretendiendo exonerarse de tal responsabilidad para solo pretender responder en los supuestos de negligencia grave que encima han de ser probados por los dueños de las embarcaciones”.

El magistrado concreta en sentencia que “si bien no consta el concepto de vigilancia en los recibos extendidos” en la actualidad, “lo que ha hecho la demandada es enmascarar el cobro de dicho concepto y lo ha trasladado a otro nuevo, como se puede comprobar de control, a fin de evitar condenas”. “Es decir, sigue cobrando, de forma oblicua y enmascarada, el mismo concepto aunque con diferente denominación. Sigue el actor pagando por un servicio de vigilancia que la demandada ahora llama control y que sin embargo no ha prestado, incumpliendo su obligación”. Queda demostrado que la empresa no prestó el servicio adecuado. No hubo además ni negligencia ni irresponsabilidad por parte del dueño de la embarcación a la que los ladrones accedieron forzando una puerta para llevarse cuantioso material de pesca, a pesar de que Mahersa intentaba hacer valer una dejación del deber de cuidado por parte del perjudicado para evitar la condena que ahora le ha llegado.

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