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Las 170 VPO dependen del alcance de una supuesta prevaricación

Por A.Q., Redacción
20/04/2017 - 06:58

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  • Las fuentes consultadas dan por seguro que las adjudicaciones irregulares de forma fehaciente serán revocadas

Todas las fuentes judiciales consultadas por este periódico tan por seguro que, a la vuelta presumiblemente de años, cuando el ‘caso Emvicesa’ tenga una sentencia, los adjudicatarios de las 170 VPO de Loma Colmenar que lograsen tal condición por el pago de dinero o no puedan acreditar de ninguna forma sobre qué derecho se hicieron con una vivienda serán desposeídos de las mismas.

Sin embargo, sobre la promoción en conjunto pesa también la amenaza de un vaciado íntegro. Tal posibilidad dependería, siempre según los especialistas consultados por este periódico, de “cómo se delimite, en caso de que se pruebe que haya existido, el alcance de la supuesta prevaricación administrativa que se investiga en los integrantes de la Comisión Local de la Vivienda”.

Si tal irregularidad alcance su grado máximo, equivalente a que el procedimiento careció de cualquier tipo de base, teóricamente las casas debería adjudicarse de nuevo al completo.

Sin embargo, el reinicio del proceso no tendría que llegar tan lejos si la Administración o cualquiera de las partes es capaz de demostrar que la procedencia de al menos una parte de los beneficiarios sí se ajustó a lo prescrito en el Reglamento vigente, en las instrucciones sobre cupos refrendadas por el Ministerio u otro anclaje normativo y legal válido.

Según el sumario del ‘caso Emvicesa’, en las 170 VPO anexas al Hospital Universitario hay media docena de adjudicatarios que no figuraban en su momento como demandantes de viviendas cuando consiguieron hacerse con una de esas casas.

Además, a otros cinco arrendatarios se les ha colocado el cartel de investigados por un presunto tráfico de influencias.

Según detalló hace cinco años el Gobierno, unas 30 casas se reservaron para vecinos desalojados por la remodelación de los viales de acceso al Príncipe, otras 14 para los vecinos desalojados de Puente Quemadero y unas 60 viviendas más para usuarios acogidos al programa de Alojamiento Alternativo que Servicios Sociales mantenía alojados en pensiones o les pagaba parte de su alquiler. Un 4% fue a parar a discapacitados y otro 30% se destinó a jóvenes menores de 35 años.

Dinero, casas, falta de “plazas” y compromisos

Según los informes policiales que obran en el sumario del ‘caso Emvicesa’, del estudio realizado sobre los “compromisos” asumidos por Antonio López “se ha detectado que en él figuran personas que han sido identificadas reclamándole dinero y que se encuentran en calidad de investigados en este proceso, por lo que para esta instrucción estos compromisos se otorgaban a personas que había pagado ilícitamente una vivienda de la promoción de 170 viviendas protegidas y que al

no tener mas ‘plazas’ les aseguraba una vivienda en la

promoción de las 317 VPO” que fueron construidas posteriormente.

Lo que dicen los contratos rubricados con los inquilinos

Los contratos firmados por la Ciudad Autónoma con los adjudicatarios de las viviendas públicas ubicadas junto al Hospital son de un año de duración prorrogable por periodos anuales sucesivos hasta 25.

Según establecen los documentos, cada prórroga requiere el visado del contrato y la acreditación por parte del arrendatario de los requisitos generales establecidos para la adjudicación de una vivienda protegida.

En los contratos queda prohibido de manera expresa “el traspaso, la cesión o el subarriendo total o parcial de la vivienda y anejos arrendados”, así como “utilizar simultáneamente por cualquier título, ninguna otra vivienda de protección pública”.

Entre las causas de resolución de los contratos se cuenta, además de las recogidas expresamente en la legislación, “la falta de pago de las rentas o de las cuotas complementarias que sean exigibles por servicios o gastos comunes”; “los deterioros graves causados por los arrendatarios o las personas que convivan con ellos en la vivienda, inmueble, instalaciones y servicios complementarios”; “el subarriendo o cesión total o parcial de la vivienda, ya sea onerosa o gratuita”; y “no destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente”, algo que ya se ha acreditado en algunos casos según los informes policiales.

La Policía atisba adjudicación “irregular” “en la práctica totalidad” de la promoción

A juicio de la Policía hay varios “criterios” para considerar que el procedimiento de adjudicación de las 170 VPO es “irregular en prácticamente su totalidad, lo que ha llevado a la entrega ilegal e ilícita de viviendas de una forma arbitraria con el consiguiente perjuicio al resto de demandantes”.

Desde su punto de vista, la “carencia de publicidad y de garantías del procedimiento” eran aprovechados por los investigados “para la comisión de los delitos esclarecidos, ya que la posibilidad de no hacerlo público el proceso les garantizan esa ocultación de datos a la ciudadanía”.

Además, remarca que “en relación a la supuesta adjudicación por actuaciones singulares, en base a las manifestaciones de algún miembro de la Comisión que dice que las viviendas se entregaron por actuaciones singulares, se significa que no se realiza ningún trámite, propuesta o acuerdo por parte de la Comisión”. Así, sin Decreto ni soporte normativo, “este procedimiento se advertiría ilegal en forma”.

 

Consulte aquí todas las noticias relacionadas con el Caso EMVICESA

Tags: Caso EMVICESA

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