La jubilación volverá a cambiar a partir del 1 de enero de 2027. El próximo año marcará el final del calendario previsto en la reforma de las pensiones aprobada en 2011, lo que supondrá nuevos requisitos para los vecinos de Ceuta que estén pensando en retirarse.
La edad ordinaria aumentará para una parte de los trabajadores, será necesario acreditar más años cotizados para percibir el 100% de la pensión y continuará evolucionando el sistema con el que la Seguridad Social calcula la prestación.
Se trata del último escalón de una reforma que ha ido aplicándose de forma progresiva durante más de una década y que afectará especialmente a quienes se encuentren en la recta final de su vida laboral.
La edad de jubilación volverá a subir en 2027
Uno de los cambios más importantes será el relacionado con la edad legal de jubilación.
Desde el 1 de enero de 2027, quienes no hayan cotizado al menos 38 años y seis meses deberán esperar hasta cumplir 67 años para acceder a la jubilación ordinaria.
En cambio, los trabajadores que sí acrediten 38 años y medio o más de cotización podrán seguir retirándose a los 65 años, manteniendo así la edad tradicional de acceso a la pensión.
Esto supone un nuevo incremento respecto a 2026, cuando la edad ordinaria está fijada en 66 años y diez meses para quienes no alcanzan el periodo mínimo exigido.
El cambio también tendrá consecuencias sobre otras modalidades de retiro, ya que las edades de acceso a la jubilación anticipada o a la jubilación parcial dependen directamente de la edad ordinaria establecida cada año.
Habrá que cotizar más para cobrar el 100% de la pensión
La reforma también endurecerá las condiciones para acceder a la pensión íntegra.
Hasta finales de 2026 será suficiente con acreditar 36 años y seis meses cotizados para percibir el 100% de la base reguladora.
Sin embargo, desde enero de 2027 ese requisito aumentará hasta los 37 años completos de cotización.
Quienes no alcancen esa cifra seguirán teniendo derecho a una pensión, aunque el porcentaje aplicado sobre la base reguladora será inferior.
El sistema continuará partiendo del mínimo de 15 años cotizados, que permite acceder al 50% de la base reguladora, incrementándose posteriormente de forma gradual según aumenten los años trabajados.
Como ejemplo:
- 30 años cotizados darán derecho aproximadamente al 84,2% de la base reguladora.
- 35 años cotizados permitirán alcanzar alrededor del 95,6%.
- Solo quienes lleguen a 37 años percibirán el 100% de la prestación.

También cambia la forma de calcular la pensión
La cuantía que recibirá cada nuevo jubilado no dependerá únicamente de los años cotizados.
Desde 2026 está en marcha un sistema transitorio que modifica progresivamente el cálculo de la base reguladora, es decir, la referencia utilizada para determinar el importe final de la pensión.
En 2027 la Seguridad Social seguirá comparando dos fórmulas distintas y aplicará automáticamente la que resulte más beneficiosa para cada trabajador.
Por un lado, continuará utilizándose el sistema tradicional, basado en las cotizaciones de los últimos 25 años.
Por otro, entrará en juego una fórmula alternativa que tendrá en cuenta las 304 mejores bases de cotización dentro de los 308 meses anteriores a la jubilación.
El objetivo de este modelo es evitar que quienes hayan sufrido pérdidas de ingresos, desempleo o reducciones salariales al final de su carrera laboral vean perjudicada de forma excesiva su futura pensión.
Esta transición continuará desarrollándose durante los próximos años hasta culminar en 2044, cuando el cálculo se realizará utilizando los 27 mejores años cotizados dentro de los últimos 29 años de vida laboral.
También cambian las jubilaciones anticipadas
Las modificaciones previstas para 2027 afectarán igualmente a quienes pretendan abandonar el mercado laboral antes de alcanzar la edad ordinaria.
En el caso de la jubilación anticipada voluntaria, la edad mínima será:
- 65 años, para quienes no alcancen los 38 años y seis meses cotizados.
- 63 años, para quienes sí superen ese periodo.
En cuanto a la jubilación anticipada involuntaria, motivada por situaciones como un despido, podrá solicitarse:
- Desde los 63 años, cuando no se alcance el tiempo mínimo de cotización exigido.
- Desde los 61 años, para quienes acrediten al menos 38 años y seis meses cotizados.
También aumentará la edad mínima necesaria para acceder a la jubilación parcial con contrato de relevo, que quedará situada entre los 62 y los 64 años, dependiendo de la carrera de cotización de cada trabajador.

Un cambio que obligará a revisar los planes de muchos trabajadores
Aunque estas modificaciones ya estaban previstas desde hace años, su entrada en vigor puede alterar los planes de quienes tenían previsto jubilarse durante 2027.
La edad de acceso será mayor para una parte de los trabajadores y también aumentará el tiempo necesario para obtener la pensión íntegra.
Aun así, la cuantía definitiva seguirá dependiendo de múltiples factores, como los años cotizados, las bases de cotización acumuladas, la posible jubilación anticipada o demorada y la aplicación de coeficientes reductores o incentivos previstos por la Seguridad Social.
Además, el importe continuará sujeto a los límites de pensión máxima y, cuando se cumplan los requisitos establecidos, podrá complementarse hasta alcanzar la pensión mínima.
Con la aplicación de este último tramo de la reforma iniciada hace más de una década, 2027 marcará un antes y un después en el sistema de jubilación español, consolidando un modelo que busca adaptar las pensiones al envejecimiento de la población y al aumento de la esperanza de vida.






