El origen del bloqueo de las entidades bancarias a las cuentas de empresarios de Ceuta y Melilla está en un caso que quedó visto para sentencia en la Audiencia Provincial de Málaga con sede en Melilla .
Según ha podido saber este medio, se trata de una causa en la que hay trece personas investigadas por su presunta participación en la comisión de delitos de blanqueo de capitales, hechos a raíz de los cuales varias entidades habrían tomado decisiones como la expulsión de clientes o el dejar de trabajar con billetes superiores a 100 euros en las ciudades autónomas.
De los acusados, siete eran trabajadores de una sucursal de BBVA de Melilla entre los años 2008 y 2010. La Fiscalía reclamó en noviembre de 2017 seis años de prisión, así como el pago de una multa de 17 millones de euros para cada uno de los empleados.
El Banco de España desmintió haber llevado a cabo recientemente ningún tipo de instrucción directa a los bancos. Las asociaciones de empresarios tampoco han obtenido hasta el momento una respuesta clara sobre la problemática, más allá de que, como les trasladó el Banco Santander, se trate de "una decisión estrictamente comercial". Estaríamos ante una decisión conjunta de varias entidades financieras, entre las que no se incluyen aún Unicaja y Cajamar Caja Rural.
En la causa que habría desatado estas medidas de prevención de blanqueo de capital estuvieron implicados el director de la oficina de BBVA en Melilla, la directora comercial, la gestora de negocios, el gestor operativo y tres cajeros que actuaron en “connivencia, beneplácito, condescendencia e ignorancia deliberada” para permitir el lavado de dinero a dos hermanos que se dedicaban al tráfico de hachís a gran escala, también procesados. Estos contaban con la colaboración de otros cuatro encausados, que actuaban como testaferros y apoderados de sociedades orientadas al blanqueo.
Según el fiscal, ninguno de los empleados de la oficina cumplió con su deber de comprobación y seguimiento. Tampoco se requirió el modelo S1, que es la declaración que se exige a las personas físicas que realizan movimientos de efectivos, de acuerdo con la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención de blanqueo de capitales y de la financiación de terrorismo.
Este órgano también denuncia que “el uso de billetes de 500 euros fue continuo y muy elevado”. De hecho, señala que 4.013.500 euros fueron ingresados empleando un total de 8.027 billetes de 500. Según la normativa del BBVA, estos tienen la consideración de ‘billetes de alta denominación’ y, según el protocolo interno en prevención del blanqueo de capitales, deberían haber analizado los ingresos en efectivo para determinar la coherencia de cada operación con la actividad profesional.
Tras las numerosas irregularidades y el incumplimiento normativo de los empleados hicieron que “se despertaran las alarmas” del Departamento de Prevención de Blanqueo de Capitales del BBVA en Madrid. Por ello, se requirió “de manera incesante” la información sobre el cliente y el tipo de operaciones que se estaban practicando. Sin embargo, ninguno de los empleados de la sucursal de Melilla facilitó los datos solicitados. Finalmente, en 2010, el Comité de Servicios Jurídicos de Negocios Bancarios de Madrid y la Comisión de Prevención de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC) cancelaron la cuenta bancaria y extinguieron las relaciones que había entre el BBVA de Melilla y la sociedad desde la que se realizaron los ingresos.
Uno de los procesados se encargaba de cruzar a Melilla con el dinero que procedía del tráfico de hachís que los hermanos encausados tenían en Marruecos. Esta persona introducía continuamente a España las ganancias a través del paso fronterizo de Beni Enzar, ocultándola en su ropa. Su último intento fue en 2011, cuando fue descubierto por la Guardia Civil con decenas de billetes.
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