La Agencia Tributaria ha comunicado su intención de reembolsar el IRPF retenido de forma indebida a los herederos de antiguos mutualistas de Ceuta, siempre que estos cumplan con determinadas condiciones. Esta medida, prevista para aplicarse en el año 2025, afectaría a los sucesores de mutualistas que hayan fallecido entre 2019 y 2024.
Para llevar a cabo esta devolución, el Ministerio de Hacienda ha habilitado un formulario específico, que también podrán utilizar aquellos jubilados que en su día cotizaron a mutualidades laborales y que aún están vivos. En su caso, podrán recuperar el IRPF abonado en exceso, correspondiente a la parte de su pensión vinculada a dichas aportaciones.
No obstante, la aplicación de este procedimiento depende de una modificación normativa que revierta los efectos de la última reforma fiscal, la cual cambió el sistema de devoluciones e invalidó solicitudes anteriores, generando retrasos prolongados en las tramitaciones.
Tal como se detalla en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, se espera que esta reforma legal permita gestionar las devoluciones correspondientes a los ejercicios fiscales de 2019 a 2022, así como de años anteriores que no estén prescritos. Esta previsión se apoya en un próximo cambio legislativo que habilite de nuevo el procedimiento simplificado a través del formulario digital.
Quiénes pueden reclamar la devolución del IRPF
Según ha informado Hacienda, los familiares o herederos legales de mutualistas que hayan fallecido entre 2019 y 2024 tienen derecho a iniciar el trámite para recuperar el IRPF que fue ingresado en exceso. En concreto, la Agencia Tributaria especifica que este procedimiento está dirigido a quienes heredaron los derechos de antiguos cotizantes a mutualidades, siempre que el fallecimiento se produjera durante ese periodo.
Para realizar la solicitud, será necesario presentar el formulario correspondiente, acompañado del número de referencia del contribuyente fallecido. En los casos de defunciones ocurridas en 2023 o 2024, este número puede obtenerse de forma telemática a través del portal oficial de la Agencia Tributaria, accediendo a 'Agencia Tributaria: número de referencia'.
Asimismo, también es posible acudir personalmente a una oficina de Hacienda para gestionar este código, siempre que se justifique debidamente la condición de heredero. En este caso, será obligatorio solicitar cita previa a través de 'Asistencia y Cita (agenciatributaria.gob.es)'.
Registro de herederos de mutualistas fallecidos
Uno de los requisitos fundamentales para que un heredero pueda presentar el formulario en nombre del fallecido es estar inscrito en el Registro de sucesores. Si aún no se ha realizado esta inscripción, los interesados podrán gestionar su alta a través del dRegistro de sucesiones y representaciones legales de menores y personas con discapacidad.
La normativa aplicable a este proceso está recogida en la Disposición Final 16ª de la Ley 7/2024, la cual se apoya en varias sentencias del Tribunal Supremo dictadas entre 2023 y 2024. Estas resoluciones avalan la devolución del IRPF vinculado a pensiones afectadas por cotizaciones a mutualidades anteriores a la Seguridad Social, tal como regula la Disposición Transitoria Segunda de la Ley del IRPF (DT2 LIRPF).
Un alivio fiscal para familias y jubilados
Con esta medida, el Gobierno busca corregir una situación injusta en la que miles de jubilados y sus herederos han venido soportando una carga tributaria excesiva. La devolución del IRPF en 2025 no solo aliviará económicamente a muchas familias, sino que también reconoce el derecho de los mutualistas a no tributar doblemente por aportaciones que ya cotizaron en su momento.
Este paso, si finalmente se aprueba la reforma normativa pendiente, supondrá un avance en la equidad del sistema fiscal español y permitirá cerrar un capítulo que ha generado una larga batalla administrativa y judicial.