El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha ordenado la devolución de una causa al Juzgado de Instrucción. En la misma están acusados tres médicos del Hospital Universitario por un presunto delito de homicidio por imprudencia grave.
Todo ello en relación con la muerte de un paciente que ingresó en el centro sanitario el 23 de julio de 2017 y falleció días después en un hospital de Cádiz.
La decisión del juez se ha tomado al detectar que no se había notificado el procedimiento al seguro del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa), parte que debía estar formalmente personada en la causa.
Ante esta omisión, el magistrado ha acordado retrotraer las actuaciones para garantizar que la aseguradora pueda ejercer su derecho de defensa.
Para ello, ha fijado un plazo legal de diez días, durante el cual la compañía deberá presentar su correspondiente escrito.
El escrito fiscal sobre los hechos
Según reza en el escrito del Ministerio Fiscal, al que ha tenido acceso este periódico, el fallecido tenía antecedentes de hidrocefalia, fue atendido en su domicilio por el servicio de emergencias del 061 tras un aviso por “intoxicación farmacológica”.
La exploración inicial resultó “completamente normal”, salvo un estado de obnubilación, y el equipo de emergencia emitió un juicio clínico de “hidrocefalia”, motivo por el que fue trasladado al Hospital Universitario de Ceuta.
Retraso en el TAC pese a la sospecha inicial de hidrocefalia
A su llegada a Urgencias, el primer médico acusado se centró en la posibilidad de una intoxicación por antidepresivos, tras una analítica de tóxicos en orina que arrojó un resultado positivo cualitativo.
El facultativo aplicó un tratamiento de descontaminación con carbón activado y antídotos para otros posibles tóxicos, pero, según la Fiscalía, no solicitó un TAC craneal, prueba considerada fundamental para confirmar o descartar la hidrocefalia señalada por el equipo de emergencias y presente en el historial clínico del paciente.
El estado neurológico del enfermo empeoró durante la tarde hasta entrar en coma, pero la tomografía no se pidió hasta las 19:04 horas, cuando su deterioro ya era notable.
Persistió el diagnóstico de intoxicación en la UCI
El segundo médico acusado, responsable de la atención en la Unidad de Cuidados Intensivos, continuó con el diagnóstico orientado a la intoxicación farmacológica y tampoco solicitó el TAC craneal durante su turno.
Según el Ministerio Fiscal, el facultativo no realizó maniobras de contención farmacológica que permitieran practicar la prueba pese a que el paciente presentaba movimientos espontáneos en estado de inconsciencia.
Al finalizar su turno, tomó el relevo el tercer médico acusado, quien, según la Fiscalía, mantuvo la misma línea diagnóstica y tampoco solicitó la prueba “de manera inmediata”.
La hidrocefalia se confirmó más de 24 horas después
Finalmente, el TAC craneal se realizó a las 12:57 horas del día 24 de julio, más de 24 horas después del ingreso.
La prueba confirmó una “hidrocefalia triventricular importante con efecto masa y borramiento de los surcos cerebrales”.
El paciente fue evacuado de urgencia al Hospital Puerta del Mar de Cádiz, que sí dispone de neurocirugía, en donde ingresó en la UCI la noche del 24 de julio. Falleció el 5 de agosto de 2017.
El Ministerio Fiscal habla de “retraso consciente” y negligencia grave. La Fiscalía sostiene que el retraso en la realización del TAC, una prueba “rápida, sencilla y esencial en casos de emergencia neurológica”, impidió un diagnóstico precoz y una posible actuación quirúrgica que habría podido evitar el desenlace.
Califica la conducta de los tres facultativos como una vulneración de “las normas más elementales de cuidado” y de los protocolos asistenciales ajustados a la lex artis.
Las penas solicitadas por la Fiscalía
El Ministerio Fiscal solicita en su escrito de acusación una pena para cada uno de los acusados de 4 años de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión de médico por un periodo de 6 años.
Además, también pide que los 3 médicos el Ingesa de Ceuta y sus respectivas compañías aseguradoras, Agrupación Mutual Aseguradora y Segurcaixa Adeslas, S.S, de Seguros y Reaseguros, indemnicen conjunta y solidariamente a los familiares herederos de la víctima en la cantidad que se determine en ejecución de sentencia por esta muerte.







Yo pasé por lo mismo y algún juez lumbreras archivó el caso habiendo pruebas,también me equivoqué de abogado,Ceuta es pequeña y se conoce todo el mundo,fue una injusticia de manual,el corporativismo pudo más