El dinero que ‘voló’: apuestas nunca cobradas y una denuncia por estafa

El Tribunal Supremo resuelve que sea un juzgado de Ceuta el que instruya la causa iniciada tras una denuncia de un vecino de Igualada que no cobró dos premios de 1.308.337 y 11.222 euros | La empresa de juego online alude a una avería

Le desaparecieron 2 premios. Uno de 1.308.337 euros y otro de 11.222 euros. Esto es lo que ha denunciado un vecino de Igualada y tendrá que aclarar el Juzgado de Instrucción número 4 de Ceuta, después de cargar contra una plataforma de juego online con sede en nuestra ciudad que, según él, anuló esos cobros.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha resuelto la cuestión de competencia surgida entre el Juzgado de Instrucción número 4 de Igualada y el de Ceuta.

El primero consideraba que corresponde al de Ceuta la instrucción de la causa, atendiendo al criterio de eficacia de la investigación, toda vez que la empresa de apuestas que opera en la plataforma online que ha sido denunciada tiene su sede en Ceuta, además de los ordenadores y archivos.

El juzgado de nuestra ciudad discrepó, sosteniendo que en este caso era aplicable el criterio de la ubicuidad.

El origen de todo esto radica en una denuncia por estafa sufrida por un residente en Cabrera dAnoia el 4 de noviembre de 2023.

Las apuestas ganadoras que desaparecieron

Expone que hizo varias apuestas en una plataforma que tiene su sede en Ceuta, ganando dos premios importantes que nunca cobró, ya que, mantiene, la plataforma habría manipulado el estado final de esas apuestas.

Respecto de las dos premiadas con mayor importe, en concreto una de 1.308.337 euros, denunció que aparecía en un principio en su saldo de cuenta, pero luego le fue anulada. La otra, de 11.222 euros, tras habérsele confirmado el retiro de 10.000 euros, no se le abonó el dinero en la cuenta.

La empresa argumentó que ese día la página web sufrió una avería.

La mejor investigación, en Ceuta

El Supremo expone en un auto notificado ya a las partes que la eficacia de la investigación desplaza a la teoría de la ubicuidad, por lo que, “si bien las actuaciones se iniciaron en Igualada (Barcelona) y el perjudicado tiene su domicilio en Cabrera d'Anoia, la competencia para el conocimiento del delito debe atribuirse al juzgado número 4 de Ceuta”.

Así lo considera ya que Ceuta fue el “lugar de consumación efectiva del posible delito de estafa” y este juzgado es el “que está en mejores condiciones para investigarlo, por cuanto los elementos del delito, las apuestas que el denunciante lleva a cabo, así como la anulación de las premiadas con cuantías más elevadas y en concreto el perjuicio patrimonial que se le causa al denunciante con la anulación de algunas de estas, se producen en la cuenta que este tiene abierta en la plataforma online de la empresa de apuestas con sede en Ceuta, y allí están los ordenadores y archivos, en donde tiene que ser más eficaz la investigación”.

La competencia viene determinada por el lugar donde la investigación policial puede tener algún éxito.

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