Veía días atrás las imágenes en las que se mostraba a un Garzón con aspecto preocupado en el juicio que se lleva a cabo en el Tribunal Supremo contra él. También las del padre de la pobre Marta del Castillo clamando justicia. Coincidían estas acciones mediáticas de la Justicia española con otras del ámbito local, no tan publicitadas, pero no por ello menos importantes. Todas pueden valer para baremar la situación y analizar si la Justicia es entendida por todos como algo necesario para mantener la sociedad democrática, o por el contrario, en muchas ocasiones es usada como mecanismo de venganza y para obtener compensaciones injustas.
Nuestro Derecho Penal es heredero de la Ilustración. También de las denominadas teorías unitarias del delito, cuyos padres son Aristóteles y Santo Tomás. Según estas teorías, el fundamento de las penas debía estar en la prevención de futuros delitos. Pero también deberían tener una función “retributiva”, al objeto de que el delincuente “pague” el daño causado a la sociedad. Y por supuesto, su función más importante es la “socializadora”, es decir, conseguir que dichos delincuentes se integren en el sistema democrático de convivencia. Sin embargo, estas teorías, que son las que constitucionalmente conforman nuestro sistema penal, ocasionan no pocos problemas a la hora de ser interpretadas. Tanto si eres parte, como si no lo eres, en los procesos ante la Justicia.
En el caso de Garzón, es curioso ver cómo un buen juez, o al menos, un juez valiente, se ve atrapado en los Tribunales como consecuencia de la demanda formulada contra él por parte de los abogados de una presunta trama de corrupción y blanqueo de dinero, como es la del caso Gürtel. De acuerdo, que muchas de sus actuaciones han sido muy polémicas e innecesariamente mediáticas. O que en algunos casos ha parecido que actuaba por venganza. Pero que una trama de presuntos delincuentes se agarre al polémico artículo 51.2 de la Ley General Penitenciaria, para argumentar que al no tratarse sus acciones de actos terroristas, no podían ser grabadas sus conversaciones en la cárcel, es “retorcer” mucho la Ley para construir el delito de prevaricación judicial. Porque, como decía la fiscal del Tribunal Supremo, si en el caso Marta del Castillo se intervinieron las comunicaciones en prisión, y a nadie se le ocurrió pensar que el Juez había prevaricado, ¿por qué ahora sí creemos que Garzón lo ha hecho?. Porque, puestos a retorcer, ¿acaso el tráfico de influencias, el cohecho, el blanqueo de dinero y, en general, todos los presuntos delitos de origen financiero que se les achacan a los del caso Gürtel, incluidos sus abogados, no son casos de terrorismo económico para con las miles de familias que se ven privados de su puesto de trabajo como consecuencia de los trapicheos de los especuladores y saqueadores del dinero público?.
El problema, tanto en este caso, como en otros, creo que es nuestro infinito deseo de venganza. También la utilización torticera que, a veces, se hace de la Justicia, para obtener beneficios o compensaciones no previstas, o no merecidas. A muchas personas les gustaría ver a Garzón inhabilitado para ser juez (que se lo pregunten a los del GAL, al Señor X, o a los que asesinaron a sangre fría durante el franquismo, después de la Guerra Civil). A otras muchas, también les gustaría ver a todos los implicados en el triste caso de Marta del Castillo en prisión de por vida. E incluso condenados a muerte. Sin embargo, en sociedades en las que existe la pena de muerte, como en los EEUU de América, no disminuyen los índices de delincuencia. Como ya han evidenciado los estudios científicos, cualquier tiempo pasado, cuando existía el “ojo por ojo”, trajo más muerte, violencia y destrucción a la humanidad, proporcionalmente hablando, que los conflictos actuales. Por mucho que nos esforcemos en querer ver lo contrario, la Justicia “vengativa” es mala compañera de las sociedades democráticas, y a la larga trae más violencia y sufrimiento.
Comentaba con un colega dos recientes casos que se han dado en los Tribunales locales. Ambos lo han sido por presuntos delitos de injurias con publicidad, como consecuencia de que los acusados habían hecho comentarios inapropiados en la red, que podían dañar el honor de algunas personas. En los dos casos, los autores se habían reconocido culpables de los comentarios, aunque negaban la intencionalidad de dañar el honor de nadie. También habían pedido disculpas a los ofendidos. Incluso en uno de ellos, la fiscalía proponía un acuerdo para rebajar la pena, dado el arrepentimiento mostrado por el acusado. Sin embargo, los “ofendidos” no se daban por satisfechos. Querían más pena y pedían desorbitadas indemnizaciones para compensar su daño moral. También que se continuara con la vía disciplinaria en sus trabajos, para castigar por segunda vez a los culpables. En los dos casos atribuían a los desafortunados comentarios “terribles” consecuencias en sus vidas personales y profesionales. Incluso se escapó algún que otro sollozo en el juicio oral al recordar la “profunda” tristeza que los mismos habían producido en algún miembro de su familia.
Como me decía con tristeza mi colega. Cuando uno compara el esperpéntico espectáculo en el que a veces se convierte la Justicia, con los maravillosos textos que se estudian en la Universidad, dan ganas de guardar la toga y echarse a llorar. Esperemos que no se trate más que de algo pasajero y que, finalmente, triunfe el sentido común.