Los hechos, de enero 2015, sucedieron en la calle Real. Atenuante por reparación del daño.
Un hombre ha resultado condenado en la Sala de lo Penal número Uno de nuestra ciudad en base a la comisión de un delito de conducción sin permiso, cargo que, tipificado en el artículo 384 del Código penal español, reconoció ante el tribunal juzgador. Acto seguido de mostrarse culpable, el encausado se mostró conforme con la penal solicitada por el Ministerio Público, quedando la misma de la manera siguiente: multa durante un año a razón de diez euros al día, lo que constituye un total de 3.600 euros.
Asimismo, en la sentencia, dictada ‘in voce’ al término de la vista, se tuvo en cuenta el atenuante de reparación del daño, toda vez que el condenado, un joven vecino de la ciudad, había reparado los daños ocasionados con carácter previo, pagando a dos propietarios de dos coches los daños que ocasionó en estos vehículos, tras colisionar contra ambos. Los afectados se mostraron, a su vez, conformes con la reparación y no solicitaron, por ende, recibir mayor indemnización.
Todo ello es, por tanto, la resolución penal de unos hechos que se remontan al 15 de enero del pasado año, cuando en torno a las 9:20 horas de la mañana, el encausado se encontraba a bordo de su coche, conduciendo a gran velocidad y sin permiso por la céntrica calle Real, colisionando finalmente contra los mencionados dos coches, que se encontraban debidamente aparcados en el vial público.