CCOO-Justicia ha alzado su voz en contra de los expedientes disciplinarios abiertos a dos funcionarias que han sido dictados por la secretaria judicial del Juzgado de instrucción número 4 de Ceuta. Se trata de una funcionaria del número 4 y Violencia de Género que actualmente realiza funciones en el Decanato y una gestora del mismo juzgado.
La sección sindical considera que se está ante una especie de caza de brujas por lo que solicita que se depuren responsabilidades ante una situación nunca vista antes con estas formas.
En uno de los dos expedientes abiertos contra una funcionaria, la LAJ, le atribuye e inculpa la comisión de faltas disciplinarias aludiendo a su “falta de capacidad” para “la tramitación de procedimientos” y “falta de interés por aprender sin dar cuenta a su señoría de los procedimientos que estén pendientes del impulso necesario”. Le imputa además una “falta de actitud y aptitud al no prestar la menor atención de lo que hace”.
En el escrito de alegaciones remitido por la sección sindical y dirigido al instructor del expediente, CCOO-Justicia no solo se sorprende porque se ha obviado en todo momento la presunción de inocencia de la afectada sino que además mantiene que se han vulnerado los “más elementales derechos fundamentales” culpabilizando a la funcionaria desde la primera fase del expediente.
Pide al instructor que dé traslado de la resolución motivada por la que se acuerda la práctica de la información previa a la incoación de dicho expediente disciplinario. Además reclama que sus alegaciones se unan al expediente para conocimiento de la Gerencia Territorial por si el proceder de la LAJ pudiera ser constitutivo de una infracción disciplinaria.
El sindicato considera que las expresiones contenidas en el expediente no son acertadas y quiere tener conocimiento de todo el procedimiento cuestionando que se haya vulnerado la presunción de inocencia recogida como un derecho de todo ciudadano.
“No se asume la condición de inocente ni presenta una carga probatoria tampoco demuestra la certeza positiva o negativa de los hechos controvertidos que pudieran debilitar su presunción de inocencia”, apunta.
“Pero no solo conculca y vulnera presuntamente derechos fundamentales, observamos igualmente, la infracción de preceptos regulados en la Ley Orgánica, de 1 de julio del Poder Judicial”, argumenta CCOO, citando expresamente frases atribuidas a la funcionaria como las alusivas a su falta de interés o la de no dar cuenta a su señoría de los procedimientos que estén pendientes del impulso necesario.
“Corresponde a los LAJ la constancia de los actos procesales y de los hechos con trascendencia procesal, la dación de cuenta y la dirección en el aspecto técnico procesal del personal integrante de la Oficina Judicial”, advierte el sindicato echando mano de la abundante normativa al respecto.
CCOO-Justicia solicita que se depuren responsabilidades sobre la LAJ y muestra su disconformidad con la hilera de expresiones recogidas en el expediente contra una de las funcionarias de la que llega a resaltar su “falta de actitud y aptitud” al “no prestar atención a lo que hace” llegando incluso a evidenciar su ausencia de capacidad “para el puesto que ocupa”.
“A nuestro entender es una intromisión, indiscreción, total falta de respeto y competencia de la letrada al tratar de valorar la capacidad, actitud y aptitud de la funcionaria y el proceso consistente en la evaluación de su rendimiento”, advierte el sindicato.
“Sería conveniente y desde este sindicato le sugerimos y a la vez proponemos que debería informarse, pese al poco tiempo que lleva destinada en los órganos Judiciales de esta ciudad en comisión de dervicio y con el apoyo velado y parece ser incondicional del secretario de Gobierno, que la funcionaria ha superado con creces un proceso selectivo de oposiciones a ingreso en el cuerpo de gestión procesal además de ser licenciada en Derecho”, denuncia.
El sindicato resalta de la afectada su expediente “personal y laboral impoluto, intachable, sin manchas, con una formación profesional y laboral continua que garantiza el correcto desempeño de sus tareas y funciones con el reconocimiento laboral y aprecio valorado por todos y cada uno de los jefes y compañeros de los destinos en los que ha trabajado en cada uno de los órganos judiciales de esta ciudad”.
“Incluso diríamos que esta afirmación y en definitiva el conjunto de las mismas, podrían ser constitutivas de infracciones disciplinarias por parte de la Letrada, no solo manifestaciones discriminatorias e improcedentes , sino manifiesta y supuestamente ilegales que lesionan derechos fundamentales, así como arbitrarias en el uso de autoridad causando grave perjuicio a los subordinados y/o al propio servicio”, puntualiza.
Sobre el incumplimiento de horarios que la LAJ achaca a la funcionaria, observaciones de teletrabajo así como el desconocimiento que dice tener de los motivos para la concesión de la actual situación horizontal que viene desarrollando, CCOO-Justicia no puede entender “la incompetencia palmaria de la LAJ” sobre los horarios de trabajo regulados por normativa que son controlados en cuanto a su cumplimiento por las gerencias territoriales.
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