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Absueltos cinco menores acusados de quemar un coche en la Almadraba

No había pruebas suficientes ya que los policías que los detuvieron no les vieron quemarlo

Por Carmen Echarri
22/07/2020 - 07:00
7-2
Archivo

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El Juzgado de Menores ha absuelto a cinco adolescentes que estaban acusados de delito leve de daños al ser señalados como autores de la quema de un vehículo que estaba estacionado en la barriada de la Almadraba, en Ceuta, en unos hechos que se produjeron en enero de este año. La vista oral por estos hechos se celebró el pasado 14 de julio, sin que los acusados, de 14 y 15 años, reconocieran los hechos ni aceptaran la petición de un año de libertad vigilada que había solicitado el Ministerio Fiscal.

De acuerdo con la sentencia a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro de Ceuta, en el acto del plenario no se practicó prueba alguna que permitiera imputar con la suficiente certeza a los encausados el delito leve de daños, sustento este que ha motivado el fallo absolutorio. No se practicó prueba alguna ni directa o indiciaria “con la suficiente entidad para poder erigirse en fundamento de una sentencia de condena” respecto de los encausados enjuiciados.

Los agentes de la Policía Nacional que prestaron declaración al ser los que fueron comisionados a la barriada por aviso de quema de un vehículo pudieron confirmar que habían visto un coche arder, quedando totalmente calcinado. “Lo que no puede estimarse probado sin embargo, con la certeza que exige una sentencia de condena, es que hubiesen sido los menores acusados quienes le hubiesen prendido fuego al turismo y de haber tenido el incendio del vehículo carácter intencional, circunstancia que tampoco ha quedado debidamente acreditada”.

No se ha podido aclarar siquiera que el coche ardiera de manera fortuita

En el acto de juicio oral, que se desarrolló a puerta cerrada para garantizar el interés de los menores, los policías indicaron que si bien observaron la presencia de los encausados junto al vehículo tan solo instantes antes de arder, echando a correr cuando vieron a la Policía, “ninguno pudo establecer sin embargo, con la debida certeza, cuál fue la causa u origen del incendio del vehículo, ni el estado previo en el que dicho turismo se encontraba antes de iniciarse el fuego, no pudiendo ni tan siquiera llegar a precisar si el incendio tuvo carácter intencional o si, por el contrario, hubiera podido tener un origen accidental o fortuito”, se recoge en sentencia.

Los policías no llegaron a ver a los menores prender fuego al coche y ni tan siquiera vieron que portaran botellas u otros objetos con material o sustancia inflamable de los que hubieran podido valerse para causar las llamas.

Si bien es cierto que “resulta sospechoso” que los menores estuvieran al lado del coche cuando comenzó a arder, dándose después a la fuga, “dichos indicios por sí solos no permiten atribuirles con la certeza que exige una sentencia condenatoria la autoría de un incendio, que ni tan siquiera ha podido determinarse que haya sido provocado”.

Los menores pudieron huir del lugar para evitar verse implicados en el delito, sin que haya habido pruebas suficientes que los puedan relacionar con la quema, que además se produjo en una noche en la que en Ceuta ardieron varios vehículos en distintos puntos de la ciudad.

Tags: IncendiosJuzgadosMenores Extranjeros No Acompañados (MENA)

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Comments 3

  1. Jose Antonio comentó:
    hace 6 años

    Justicia....... ??

  2. joe-t comentó:
    hace 6 años

    Asi nos va....

    • Giovanni comentó:
      hace 6 años

      Efectivamente,y si hace uno el más mínimo comentario sobre la justicia te sientan en el banquillo. Así nos va.

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